domingo, 3 de mayo de 2026

Extraterritorialidad, seguridad nacional y soberanía: una reflexión sobre la doctrina del Long Arm Statute de Estados Unidos.

Maestro Francisco Javier Aragón Salcido

EL ASUNTO ES MAS GRAVE DE LO QUE PARECE. - ¿Estamos inmersos en un callejón sin salida?  Una cosa es ir a una marcha, un mitin, ir a votar un domingo, o hacer cola para recibir la pensión, y otra muy distinta desafíar a la Democracia Hegemónica Global.

Nosotros en Sonora padecemos el cierre de la frontera al ganado, y sabemos muy bien cuáles son las consecuencias inmediatas de no aceptar las reglas del juego de nuestro grande y poderoso   vecino.

HAY QUE DECIR ADIOS AL SECTARISMO DE IZQUIERDA. Es evidente que la Presidenta Claudia Sheinbaum, su Partido Morena, y aliados del Verde y el PT, están rebasados, NO pueden solos con el paquete, necesitan el concurso de toda la Clase Política, del PAN, del PRI, y de MC.  Les suplico que ya dejen de satanizar a los prianemecistas  .  

En el contexto de la relación bilateral entre México y Estados Unidos, comienzan a emerger elementos que ameritan un análisis sereno, pero profundamente riguroso, desde la perspectiva del Derecho Internacional, la Ciencia Política y la Geopolítica Contemporánea.

Diversas versiones periodísticas dan cuenta de la   perentoria solicitud del gobierno estadounidense para la extradición del exgobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, así como de otros actores políticos, bajo imputaciones relacionadas con presuntos vínculos con el crimen organizado.  Se menciona que existe una lista adicional de funcionarios extraditables  .

Sin prejuzgar sobre la veracidad o alcance de dichas acusaciones, el punto central no radica únicamente en los sujetos involucrados, sino en el marco jurídico y doctrinal que podría sustentar tales acciones.

En este sentido, resulta pertinente analizar la posible invocación de la denominada doctrina del Long Arm Statute, figura del derecho estadounidense que permite a sus tribunales ejercer jurisdicción sobre personas o entidades extranjeras cuando sus conductas producen efectos sustanciales dentro de su territorio.

Si bien esta herramienta ha sido tradicionalmente utilizada en materias civiles y mercantiles, su extensión progresiva hacia ámbitos penales y de seguridad nacional revela una tendencia expansiva de la jurisdicción estadounidense.

Este fenómeno debe interpretarse a la luz de un elemento adicional: la creciente equiparación, en la política pública estadounidense, del narcotráfico con amenazas propias del terrorismo.

Bajo esta lógica, determinadas conductas delictivas trasnacionales dejan de ser consideradas exclusivamente como ilícitos comunes y pasan a inscribirse en el ámbito de la seguridad nacional, lo cual habilita —según el criterio de ese país— mecanismos extraordinarios de persecución, incluyendo la acción extraterritorial unilateral.

Desde la óptica del derecho internacional clásico, esta postura tensiona principios fundamentales como la soberanía estatal, la no intervención y la jurisdicción territorial. No obstante, en la práctica contemporánea, dichos principios han sido reinterpretados —e incluso relativizados— por potencias que, bajo argumentos de protección de intereses estratégicos, han ampliado el alcance de su actuación más allá de sus fronteras.

México no es ajeno a los mecanismos de cooperación internacional en materia penal. La extradición de exgobernadores y altos funcionarios por delitos como cohecho, defraudación fiscal o actos de corrupción ha sido parte de una dinámica institucional regulada por tratados bilaterales y sujeta a controles jurisdiccionales internos.

Sin embargo, el posible desplazamiento hacia imputaciones vinculadas a la seguridad nacional estadounidense introduce un cambio cualitativo en la naturaleza de la relación jurídica bilateral.

El riesgo no reside exclusivamente en el ejercicio de acciones legales concretas, sino en la consolidación de un precedente que legitime la intervención indirecta —de carácter jurisdiccional— en asuntos internos de otro Estado.

La historia reciente de América Latina muestra que, en contextos de debilidad institucional y crisis internas, la combinación de factores de seguridad, intereses estratégicos y decisiones unilaterales de potencias extranjeras puede derivar en distintos grados de injerencia.

En este marco, el desafío para el Estado mexicano es de carácter estructural. No se trata únicamente de responder a casos específicos, sino de definir con claridad los límites y alcances de la cooperación internacional sin comprometer los principios de soberanía y autodeterminación.

Asimismo, la problemática adquiere mayor complejidad al insertarse en un contexto interno caracterizado por persistentes niveles de inseguridad, limitado crecimiento económico y percepciones sociales de corrupción.

Estos factores no solo inciden en la legitimidad interna del Estado, sino que también pueden ser utilizados como elementos de justificación para acciones externas bajo el argumento de estabilidad regional o seguridad compartida.

De cara a la actual administración federal, encabezada por Claudia Sheinbaum, el reto trasciende la continuidad de un proyecto político. Se trata de gestionar una relación bilateral en la que las asimetrías de poder se manifiestan no solo en el ámbito económico o militar, sino también en la capacidad de definición y aplicación del derecho.

En suma, el eventual uso expansivo de doctrinas como el Long Arm Statute en contextos penales vinculados a la seguridad nacional plantea interrogantes de fondo sobre el equilibrio entre cooperación internacional y soberanía estatal. Su evolución deberá ser observada con atención, pues de ella dependerá, en buena medida, la configuración futura de las relaciones jurídicas y políticas entre ambos países.

 


No hay comentarios: