martes, 7 de abril de 2020

El Anillo al Dedo. Cesarismo o Bonapartismo de Andrés Manuel López Obrador .




Lic. Francisco Javier Aragón Salcido. 20/III/2020.

Ahora resulta que la  Iniciativa Privada demanda más Deuda Pública, no obstante que en los años ochentas  la REPUDIABA , se le hacía muy obeso el GOBIERNO .  Pero pues todo mundo tiene derecho a cambiar .

Nomas falta que la Iniciativa Privada, Bancos y Proveedores de bienes y servicios presenten sus ofertas y un plan serio de rescate  a sector productivo   . En los Estados Unidos Donald Trump, apoyado por los Demócratas en el Congreso , destinó $ 250 Mil millones de dólares para apoyar la Iniciativa  Privada; en Japón,  cerca de los Mil Millones de Dolores; creo que en México con unos $ 50 mil millones dólares serían suficientes. Pero pues AMLO tiene sus reservas, no quiere  que se lo roben unos cuantos como paso con  el FOBAPROA o IPAB de Ernesto Zedillo.

Por ello la crisis del Covid 19 o Coronavirus le vino a quedar como “Anillo al Dedo” a AMLO, si, pero para poner en su lugar a la Sociedad Civil. Hay refranes  populares que dicen: Los ricos también lloran, y , al  bebe que no llora, no se le amamanta.  Muchos no le entendieron, se fueron con la finta, o la tomaron por otro lado,  a lo dicho por el Presidente.   Lo cierto es que se los come vivos , les movió el piso con las MAÑANERAS  , sobre todo a los payasos de la inculta ex comentocracia  dorada . ¿A verdad?.

Por lo tanto ya sabremos de que madera esta hecho el presidente Andrés Manuel  López Obrador, si va a rescatar  nomas a los   ricos, a los gobiernicolas, a la clase media o , a los proletarios; como sea pero la vida tiene  que seguir en paz y armonía social. El problema es saber si el Presidente lograra meter  en cintura a la Elites , políticas, religiosas, económicas y sociales, a quienes  todo indica,  que no les molesta  mucho que digamos,  la corrupción, o endeudar al país a lo bestia . 
No obstante todo lo anterior , la derecha , los conservadores o neoliberales,  del PAN y de MEXICO LIBRE , de tan divididos , están colapsados, padecen una ataque de amnesia e histeria colectiva, y en su fingida angustia, amenazan con llevar al país al  precipicio, lo bueno de todo es que este galimatías nomas está en su pequeña cabeza. No debemos dejarnos seducir por las apasionadas disputas partidistas. Pero la derecha está al borde de la extinción, esta para dar lástima su extrema estulticia .
Cesarismo (por Cayo Julio César) es un concepto utilizado por diversos autores para definir un sistema de gobierno centrado en la autoridad suprema de un jefe , y en la fe en su capacidad personal, a la que atribuyen rasgos heroicos, o mesiánicos .
Habitualmente se considera que sus exponentes clásicos son Cayo Julio César, Oliver CromwellNapoleón I , y Otto von Bismarck. El cesarismo también se caracterizaría por una mayor confianza o preferencia por las soluciones como la guerra o la imposición de la voluntad al adversario.
Bonapartismo se utiliza comúnmente como sinónimo de cesarismo, aunque hay autores que establecen diferencias conceptuales o reducen el término a las ideología propia del gobierno de Napoleón I.  León Trotsky,  considera el bonapartismo como la manifestación burguesa del cesarismo.
En la especie todo indica que se hará necesario una especie de FOBAPROA o IPAB,  a lo cual se opone el  Presidente López Obrador,  se trata de la  deuda pública multimillonaria , de la cual  seguimos pagando solo los intereses, y que solo benefició  a los Banqueros y a los Ricos, como se sabe dicho plan de rescate lo implementó el presidente Ernesto Zedillo Ponce de León después del llamado error de diciembre de  1994.  
Lo anuncie hace tres semanas .  Resulta que un Juez Federal de S.L.P. Admitió un  Juicio de Amparo Indirecto Vs. El Congreso de la Unión y otras Autoridades.  
( Agencia Proceso ) . “ La demanda de garantías fue promovida por el despacho de abogados Cano Soto y Asociados, ante un juzgado federal en materia administrativa de San Luis Potosí, argumentando la omisión y desacato del presidente de la República y de otras autoridades al artículo 39 del Código Fiscal, en el que se establece que el primer mandatario tiene la facultad de emitir “resoluciones de carácter general” para condonar, eximir de forma parcial o total o diferir el pago de impuestos, ya sea por región o actividad, “en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias”.
La suspensión de oficio dictada por el secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí en funciones de juez, Alejandro Zavala Parra, es sólo para el efecto de que el presidente emita la resolución de carácter general sobre el artículo citado, pero no concede la suspensión directa del pago de impuestos o gravámenes.
Las citas han sido tomadas de Wikipedia , la enciclopedia abierta,  colectiva y , libre de Internet, que por ser del DOMINIO PUBLICO , gloso y  parafraseo 

La historia de la humanidad es la de sus crisis, representadas por las  guerras, las enfermedades, el hambre y la mortandad . Son los ya famosos cuatro jinetes del apocalipsis.  

Pero vallamos a lo técnico jurídico:- Ahora bien y para entender este  esquema general  del cumplimiento de las obligaciones , les sugiero   que consulten a su abogado de confianza , para que lo adecue a sus REQUERIMIENTOS  crediticios  .  

De la  relación con los Principios de Derecho de  la “Norma Pacta Sunt Servanda” , y de el “Rebus Sic Stantibus” .  

Más allá de los efectos de la crisis sanitaria o de salud motivada por la pandemia del Cornavirus o Cavid 19, y el dolor y tristeza por  la enfermedad y muerte que traerá a nuestros compatriotas , es previsible una recesión  económica y social, se estima que el Producto Interno Bruto o sea que la economía mundial  decrecerá en un 10 %, y México no será la excepción .  

Pero pues al mal tiempo buena cara. Dios dijo cuídate, que yo te ayudare. Por lo menos hay que poner en práctica las tres virtudes teologales: Fe, Esperanza y Caridad. Y primero los POBRES y  DESVENTURADOS. Pues de ellos es el reino de los cielos, dijo Jesús.     

En este orden de ideas , AMLO ya se está apoyando a los adultos mayores al anticipar su pensión, a niños discapacitados, estudiantes becados  , madres solteras, tandas para el progreso, emprendedores , pueblos autóctonos y marginados  . Por  su parte los gobiernos de los estados anuncian medidas resarcitorias y descuentos en cobro de impuestos, derechos y prestamos sin intereses para los auto empleados .  

Yo lo comprendo, AMLO teme que se repita la tranza de Jaime Serra Puche que era  Secretario de Hacienda con Ernesto Zedillo ,   en 1994, quien les  avisó a sus amigotes que habría una devaluación  del peso frente al dólar,  ocasionó una estampida masiva de capitales, lo que DAÑO enormemente a los pequeños y medianos deudores de la Banca Privada , por tarjetas de crédito, prestamos para autos, avios , refaccionarios,  y viviendas, pues los Bancos acreedores se empecinaron en cobrar a rajatabla los créditos, lo que determino el surgimiento del Barzón, y las tomas de juzgados y protestas  masivas y, tomas de carreteras en todo el País.   

Muchedumbres.- Hoy nos toca en la medida de lo posible ,  prevenir actos masivos y desesperados, como las compras de pánico, que hacen los ricos, o se exilian, pero ahora mismo no tiene a donde  ir al exterior por la PANDEMIA, está peor en los EU, pues ya están pidiendo que regresen los ilegales a levantar las cosechas  ;  o en su caso  el   asalto y saqueo en  comercios , bodegas, mercados, trasportes de carga y,  negocios de bienes de consumo, por parte de deudores, desempleados  y , por gente desesperada, instigada  por los lumpen proletarios o sea la canalla.   

En realidad el inexperto BUROCRATA en ECONOMIA REAL o PRACTICA , que lo fue Ernesto Zedillo Ponce de León , debió decretar una Moratoria temporal por un año y/o,  reducir en 50 %  los adeudos , hasta en tanto se normalizara la ECONOMIA, para respaldar a los acreditados y, evitar la cultura del no pago; y  por otra parte ser deudor solidario de los Bancos  ante sus acreedores internacionales , como finalmente se hizo, pero con un  alto costo social . Me todo consignar  o sea entregar por la vía judicial más de 100 , entre casas y autos a los bancos, que se negaban a recibirlos, fue cuando se inició la práctica de abandonar masivamente las casas en los fraccionamientos. Las deudas se fueron a más de doble.

Sin embargo el mal ya estaba hecho a virtud de la  incomprensión de ERNESTO ZEDILLO y sus asesores tecnócratas , pues , la mayoría de la gente no pudo cumplir con su obligaciones , y perdió o entrego sus autos ,  bienes , su casa  o simplemente los abandono ; así que en el siguiente sexenio 2000-2006,  Vicente Fox Quezada,  se hizo una rebatinga con la venta de la cartera vencida  , que se cotizó a precios irrisorios , en menos del 10 % de su valor y, los capitalistas la readquirieron a precio de ganga , y con el mismo dinero del pueblo que puso el gobierno .  Fatal.

La NOCIÓN de MORATORIA.- Relación de  las Instituciones Jurídicas Involucradas con el caso Fortuito y la Fuerza Mayor .-  Nadie está obligado a lo imposible.

De los Principios Generales del Derecho Romano Procesal Clásico. Ius Privatum Pactis Publicis Mutari Non Protest. Significa:

El Derecho Privado no puede ser cambiado por decisión de órganos públicos; es el origen de la Autonomía de la Voluntad,  y de la Libertad de Estipulaciones.
Su correlación con la Norma Pacta Snt Srvanda . Se trata de  una locución latina, que se traduce como «los pactos libremente celebrados deben de ser cumplidos », que expresa que toda convención debe ser fielmente cumplida por las partes de acuerdo con lo pactado. Constituye un principio básico del derecho civil (específicamente relacionado con los contratos) y del derecho internacional. "El contrato es ley entre las partes".
Este principio , fue acuñado en la época de la antigua Roma y según la cual “los pactos deben honrarse”, es una de las bases fundacionales de la confianza que la sociedad deposita en sí misma.
Este principio tiene amplia aplicación en material contractual en la escuela del derecho romano, figura ante la cual se pueden aclarar lagunas de la ley o incluso contraponerse a lo estipulado por la norma, siempre y cuando no sean términos irrenunciables, de manera de que bajo criterios de interpretación, la voluntad o intención de las partes contratantes debe ser valorada y respetada, en todo aquello que no contravenga las leyes, como norma suprema en sus relaciones.
El Principio Procesal Moderno.  Ius Publicum Privatorum Pactis Mutari Non Potest:
El Derecho Público no puede ser modificado por convenios entre particulares. Principio de Orden Público en la Procuración y Administración de Justicia, así como en la Ejecución de Sentencias.
De la MORATORIA y su relación con el principio Rebus Sic Stantibus . Se trata  de una expresión latina que puede traducirse como "estando así las cosas", el cual hace referencia a un principio de Derecho en virtud del cual se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, esto es, cualquier alteración sustancial de las mismas, puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones. 
Si se modifican las circunstancias objetivas y materiales en que se acto, ha lugar a modificar el pacto.
De ahí que a veces se diga cláusula rebus sic stantibus, aunque ahora la opinión mayoritaria contempla el principio como una norma objetiva, permitiéndole a la parte contratante perjudicada por el cambio de las circunstancias invocar la disolución del contrato.
Esta frase suele utilizarse como complementaria del  principio latino pacta sunt servanda (los pactos deben cumplirse) en la forma pacta sunt servanda rebus sic stantibus que significa los pactos deben cumplirse, mientras las cosas sigan así lo que habla de la obligatoriedad de cumplir los pactos (contratos) mientras las circunstancias existentes al momento de la celebración no varíen.
PROPUESTA LEGISLATIVA .- Actualidad de la problemática  y de la necesidad de la MORATORIA  .- En la especie  y ante la emergencia nacional motivada por la Pandemia del Coronavirus o CAVID19,  se hace  NECESARIA e IMPERATIVA una declaratoria de emergencia nacional, que deberá dicta  el Gobierno Federal, y expedir un  Decreto , mismo que ya fue expedido por el Presidente  con fecha 29 de marzo de 2019, el cual  reconoce  la afectación económica general de la población, ha lugar a reconocer  la situación  de insolvencia que afrontamos , por causas ajenas a nuestra  voluntad, es que presentamos  la  solicitud, esperando vernos favorecidos con una respuesta positiva a nuestra petición, puede ser directamente a los bancos a las UNES,  o por la vía judicial.    
El  caso fortuito existe cuando el suceso que impide el cumplimiento de la obligación, no era previsible usando de una diligencia normal, pero, de haberse podido evitar, se habría evitado.
Doctrinalmente, en Derecho, el caso fortuito es el escalón posterior a la fuerza mayor, que es aquel evento que no pudo ser previsto ni que, de haberlo sido, podría haberse evitado.
La ley habitualmente les da un tratamiento similar, e incluso a veces confunde ambos casos, pero existen diferencias.