sábado, 29 de mayo de 2010

Porque la oficina de enlace con la S.R.E. del Gobierno del Estado de Sonora. La represión ya está aquí. Y, no se debe aceptar ni tolerar. Es el caso que no solo nos discrimina la gobernadora Jan Brewer con la Ley SB 1070 , de Arizona .

Urge corregirlo señor gobernador don Guillermo Padrés Elías. Todos somos criminales.

Don Quijote cabalga de nuevo.

Sabían ustedes que cotidianamente les están negando la visa a personas mayores , decentes, connotadas , las que al ser entrevistadas en el Consulado de Hermosillo, y al ser preguntadas por el Empleado de Inmigración, que si cuenta con algún record , o expediente criminal en USA, y responde ella que no, se le informa que en tal o cual fecha , hace por ejemplo veinte años o más , se pasó un alto en Tucson , Phoenix o San Diego, y que fue multado, y por el hecho de haber negado tal infracción , es más ni tan siquiera recordarlo, y además no obstante haber pagado ya la multa, se le dice que no es candidato a renovar la visa. Aquí y en China eso es, Abuso de autoridad.

Se le niega fríamente el tramite, y pierde sus $ 140 dólares, y le dice el Empleado consular , que regrese en seis meses, para ver si se en esa fecha se le otorga .

Están durísimos, son la famosas represalias o retorsión del Derecho Internacional . Es más muchos amigos y conocidos me aseguran, que hasta quizás consultan el Buro de Crédito mexicano . Están muchos connacionales pagando justos por pecadores.

Para corregir esto , o sea la penalización de los antecedentes derivados de simples faltas administrativas en USA , existe un trámite , con base al derecho consular, pero como Usted debe comprender , no hay beneficio de pobreza o sea defensor de oficio en el Consulado americano ; cuesta tiempo , dinero y esfuerzo , y pues mejor nadie lo intenta, además que no se informa de sus derechos al solicitante , según la Enmienda IV de la Constitución norteamericana o reserva Miranda .

Bueno pues, la persona mejor opta por volver a pagar o ya simplemente no se presenta.

No obstante algunos que tienen relaciones en el gobierno del estado o federal las usan y se arregla su problema, otros más piden apoyo al Arzobispo, o a líderes empresariales , pero serían excepciones y en casos de urgencias medicas , son estos unos meros y flagrantes abusos de los burócratas americanos que también abundan, están incumpliendo además con su deber legal .
Hay que saber distinguir bien entre el pecado y el pecador, para así poder juzgar. Por ejemplo, Mario Rivas Hernández en Rumbos, de la Tribuna del Yaqui, es más que certero en su comentario .

El pecado del Diputado Federal por Hermosillo, Manuel Ignacio “El Maloro” Acosta Gutiérrez, consiste en haberse dejado utilizar por el gobernador, o bien andar de complaciente, y todo ello sin oficio ni beneficio, y en un tema tan polémico como es el Acueducto El Novillo Hermosillo, Si o NO.

Es obvio que la comisión de hermosillenses es de un más bajo perfil que la de los cajemenses, que estuvieron en los Pinos y en la SEGOB. En fin a lo mejor el Maloro buscó, intuitivamente, seamos indulgentes con él , concedámosle el beneficio de la duda, la sola distensión entre las partes. Lo que sí , es que les duele si , pues lo ven como un agravio la maniobra , me refiero a algunos priistas del Sur. Lo cierto es que en lugar de avanzar el Plan Hermosillo-Novillo Si, dados los desaciertos del gobierno del estado, todo indica que el asunto se remitirá a la Suprema Corte de Justica, a una controversia constitucional . Esto se debía haber concertado antes con el Co gobierno del PRI-PANAL-VERDE, en el Congreso del Estado. Ese ha sido el error garrafal. Y nosotros sin agua.

Don Quijote cabalga de nuevo.

Dice Mario Rivas Hernández: --Lo chamaquearon, ¿verdad?. --Yo no lo creo así. Más bien pienso que la ambición lo llevó a no medir las consecuencias de sus actos- dije.

HABLÁBAMOS DEL DIPUTADO federal MANUEL IGNACIO ACOSTA, “El Maloro”, quien acaba de ser objeto de un cálido reconocimiento por parte del gobernador del Estado, por haber llevado “la voz y abrir la puerta a muchos empresarios que quieren manifestarse en torno al programa que hemos presentado los sonorenses”.

El agradecimiento de GUILLERMO PADRÉS, lo fue igualmente porque El Maloro “fue el promotor de este encuentro con funcionarios de la Secretaría de Gobernación y de la Comisión Nacional del Agua”.

Así lo dijo el ejecutivo sonorense.
AHORA BIEN: ¿LA PUERTA DE qué oficinas gubernamentales abrió El Maloro Acosta? La verdad sea dicha, nada como para poner a repicar las campanas.
El funcionario de Gobernación, es el sub-secretario ROBERTO GIL y el de la CONAGUA, el sub-director SERGIO SOTO.

Si ya ha habido encuentros de sonorenses con FERNANDO GÓMEZ MONT, el secretario de Gobernación, y con JOSÉ LUIS LUEGE TAMARGO, ¿qué podrían aportar funcionarios segundones de ambas dependencias?

EVIDENTEMENTE LOS FUNCIONARIOS entrevistados no constituían lo relevante. Ni para el caso. Lo importante desde la perspectiva de la percepción pública, fue que un diputado federal del PRI -y sobre todo, uno como El Maloro Acosta- apareciera públicamente precisamente como eso que se dijo oficialmente: promotor de un encuentro de productores, empresarios y otros hermosillenses, con funcionarios de Gobernación y de CONAGUA.
¿Qué son funcionarios menores que nada adicional aportan a este diferendo? ¡Bah! ¿y a quién le importa eso?

LO MÁS GRAVE PARA LA imagen del Maloro, es que hay voces confiables que afirman que ese viaje fue pagado con recursos del Gobierno del Estado.
Lo que por otra parte da validez al rumor que circula en Hermosillo de que El Maloro quiere blindarse para los tiempos por venir.
“Quiere estar en la jugada por el PRI dentro de dos años, pero si le cierran la puerta quiere tener otra abierta en el PAN”.

Tiene sentido, no crea usted.
AUNQUE VERÁ USTED, hay un run run todavía más fuerte. Sugiere que El Maloro andaría buscando posicionarse en algún tipo de contrato futuro.
Quién sabe. Ya ve cómo son los rumores en Hermosillo.
A VER, DÍGAME USTED: ¿un joven con la experiencia de Manuel Ignacio Acosta podría haber sido víctima de una chamaqueada, como lo supone mi joven amigo?

SI LAS COSAS HUBIESEN SIDO diferentes, concedería esa posibilidad. Pero no como se dieron.
Así no. Y MENOS SI, COMO SE comenta en círculos capitalinos, el viaje habría sido pagado por funcionarios del Gobierno?
Lo cierto es que El Maloro promovió y encabezó un encuentro entre hermosillenses notoriamente identificados con el PAN, y funcionarios menores del Gobierno Federal.
EN ESTE CONTEXTO, ME QUEDA claro que la verdadera trascendencia de dicho encuentro no radica en la dimensión de los funcionarios federales -que es segundona- sino en el hecho de que el diputado federal priísta fue el artífice de todo. O al menos, eso aparenta ser públicamente.

Cierra su comentario Mario Rivas Hernández: O A LO MEJOR ES COMO lo señaló un político muy colmilludo con el que platiqué ayer: “El Malora anda aprontado”. A lo mejor. En fin.

lunes, 24 de mayo de 2010

No funcionó el oneroso y ávido esquema del ex directivo del Imparcial. Ya, tan luego, vienen los ajustes presupuestales en la ahora Secretaria de Comunicación Social del Gobierno del Estado.
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Don Quijote cabalga de nuevo.

Esta libre especulación , acotamiento y paráfrasis nuestra, se deriva de la lectura entre líneas de la columna del agudo y explicito colega Samuel Valenzuela. Entretelones. 24 mayo 2010. Diario Crítica. El cual nos comenta que:

Fuentes por lo regular muy bien informadas le hicieron saber de un intensivo proceso de ajuste en los altos niveles del gobierno del Nuevo Sonora, ante la escasa rentabilidad mediática de los operadores incondicionales que les han apoyado desde ciertos medios impresos y electrónicos. No les han conseguido apoyos o consensos, antes bien , es ya más que notable el rechazo a sus políticas públicas.

Por tanto es obvio que los altos mandos del gobierno del estado, están urgidos de contar con ventanas adecuadas para que la opinión pública pueda ver los que para ellos, es la realidad actual.

En tal virtud todo indica que no se pudo sostener el discurso revanchista fundado en la calumnia y la difamación , tendente a erigir como el villano favorito al ex gobernador Eduardo Bours Castelo y a su Combo, la sub 17. Misma que por cierto ya cuenta con su nueva sede oficial , y se localiza en el restaurant denominado Casa Centenaria , el cual está ubicado en las calles Yáñez y Colosio, en la colonia Centro, con un buen menú internacional y el mejor ambiente musical.

Por otro lado nos cuenta el analista Samuel Valenzuela, que se le informó que en Cajeme acaba de concretarse la adquisición de una frecuencia radiofónica, por parte de un grupo afín al gobierno del estado, y que opera con base en Hermosillo capital, se busca invadir el cuadrante del Yaqui con propaganda gubernamental.

Todo indica pues que en el terreno de la radio, el esfuerzo también se concentrará en levantar como al Ave Fénix de sus propias cenizas, tras la muerte de don Fausto Soto Silva, al Grupo ACIR en Hermosillo, y ello para complementar el trabajo que no funcionó, mediante estrategias de comunicación fallidas , pero facturadas y que habrían sido ya hasta satisfechas .

En tanto que y en relación con los medios impresos, acota Samuel Valenzuela, hay toda una profunda decepción , pues se duelen los altos funcionarios, debido a que están tirando mucho dinero al bote de la basura, guiados sólo por presuntas coincidencias ideológicas (con El periódico Imparcial y algunos portales de Internet ) y no por la necesaria rentabilidad mediática o por la generación de una opinión pública real y favorable al proyecto del Nuevo Sonora .

Por tanto reflexiona Samuel Valenzuela: El caso es que al parecer la cosa va en serio y creo que ya era hora porque obviamente debe ser frustrante el que las acciones de este Nuevo gobierno en Sonora no sean entendidas por los comunes mortales y es más, sea ya por acción u omisión, se tienda cada vez más al aislamiento, y al funesto desencanto de la gente , cuando esto de lo largo y difícil que puede llegar a ser un sexenio, apenas si empieza.

De pasadita, no ilustra don Samuel Valenzuela, nuestra fuente nos comentó que debido a esas necesidades, de acreditamiento ante la opinión pública, en combinación con el irresistible encanto de utilizar a Telemax como instrumento de propaganda al servicio exclusivo del gobierno del Estado, se ha decidido ya, un fuera máscaras con respecto a la televisora oficial, para de esa forma hacer con ella lo que siempre se ha hecho; dar sólo cabida a la proyección de la imagen del ciudadano gobernador y cuestionar a la oposición.

¿Acaso esta decidió el relevado de don Jorge Morales Borbón?.

domingo, 23 de mayo de 2010

La Ley SB 1070 de Arizona, USA, contradice el derecho interno y el internacional en lo relativo al compendio de la ONU sobre la estandarización de normas para la prevención del delito y la aplicación de la justicia. Breves consideraciones fácticas y jurídicas.

Don Quijote cabalga de nuevo.

En la especie no tengo nada contra el pueblo norteamericano ni de su gobierno o partidos, antes al contrario muchos de mis familiares y próximos me consideran hasta gringófilo.

Pero me parece que la ley SB 1070 implica todo un enorme subterfugio jurídico, ya que al considerar la sola presunción de latinidad, se pretende agravar la falta administrativa cometida –o sea una simple conducta desviada de la norma - que actualiza un indocumentado, discurriéndolo ahora como un delito grave -trasgresión o quebrantamiento a la ley- y que por tanto debe perseguirse de oficio y no tiene ya el indiciado , derecho a libertad y estancia en los USA , bajo caución o fianza , los imperitos traductores - en derecho- le denominan bajo palabra .

El esquema de análisis y solución en los USA, proviene de la aplicación de un enfoque criminológico al que se lo denomina critico o radical, el cual desatiende por completo los factores endógenos y exógenos relacionados con la conducta delictiva , en nuestro caso a una simple desviación a la norma administrativa. En esta doctrina jurídica se le concede una mayor importancia al papel de las instituciones del gobierno y su incidencia en el control del delito, pero por vía de la represión. (Vigilancia, cámaras, helicópteros, muros, armas, redadas, antecedentes penales , cárceles, deportaciones).

No uso el vocablo “criminal” , pues lo considero francamente arcaico, aclaro , es más explicito , pero me parece que está dotado de una connotación que implica exagerar la gravedad de la conducta, es como las voces homicidio y asesino, son genero y especie , pues todo aquel que priva de la vida a otro es un homicida, pero señalarlo como asesino –que es un concepto propiamente denigrante y hasta difamatorio- debería ser sólo aquel que ha sido condenado por un juez y cuando este delito fue intencional o doloso, y no por culpa.

La Criminología es una ciencia penal auxiliar , en ella se le denomina control social a la influencia que ejercen determinados elementos componentes de una sociedad, en la forma de comportarse de sus miembros , ya sea poniéndose dentro o fuera del main stream o corriente principal de actuar .

En la especie y sobre el trabajador migratorio, ya no existe un control o represión social en los USA, supervisor, maestro, patrón, y ello se debe en primer término a nuestra vecindad y generalizada interrelación económica , social y familiar , los norteamericanos son nuestros primos del Norte, en segundo lugar está el hecho de que más de un 25 % de la población allá es ahora de origen latino, por tanto tiene voz y voto y , en tercer sitio está la necesidad de mano de obra barata que se satisface precisamente con gente del Sur del continente.

Es el caso que la acepción o vocablo “sospecha” , es un arcaísmo más proveniente del habla vulgar o bien caló del hampa, y puede basarse -la presunción de ilegalidad - ya sea en el acento en la forma de pronunciar el inglés, o bien por el hecho de hablar en español, o incluso sea ya por el color de la piel; y por tanto , en el colmo del paroxismo , los “eruditos” policías norteamericanos, se podrán guiar por el nombre u origen étnico de la persona interpelada o inmovilizada. (Como ocurre en México solo unos pocos han concluido la escuela secundaria, es una ocupación peligrosa y pocos la desean ).

Se trata de la mayor licencia a la discrecionalidad policiaca,
por lo que está siendo elevada a la “N” potencia, la previsible arbitrariedad y el abuso de autoridad. Por lo pronto la sola promulgación de la ley SB 1070, implica ya una tortura moral y sicológica, para nuestros paisanos en los USA, en otra entrega nos referiremos a esta .

El suscrito se duele de la promulgación de la ley SB 1070 de Arizona , puesto que cuenta con más de un centenar de familiares directos legales e ilegales, estudiando, trabajando y residiendo en los USA, cuyo único “pero” es haber emigrado por necesidad, y en busca de un trabajo honesto y así poder sacar adelante a sus familias.

La referida ley SB 1070 implica todo un etnocentrismo puro, y fundado en la más impía de las ignorancias y en el más infame prejuicio en contra de la latinidad si , a la que ahora se la convierte en una presunción Jure et de jure , ya que no se admite prueba en contrario, de mal vivencia o vagancia, por tanto y conforme a este subjetivo y bizarro criterio , a los interpelados se les podrá obligar a aceptar o confesar , de manera espontanea , lisa y llanamente , su ilegal estancia –falta administrativa- o sea su acción ahora reputada como delictiva , agravada y perseguible de oficio y sin derecho a estancia y libertad bajo fianza o palabra. Ni en la “oscura” Edad Media.

Lo anterior sin considerar que el individuo tenga excusas o excluyentes de responsabilidad , que hagan presumir y hasta pueden demostrar su bona fide para tramitar y obtener su legal estancia en los USA, como lo son el tener un modo honesto de vivir, estudiar, varios años de residencia, hijos nacidos allí, familia, empleo fijo, amistades, bienes, haber pagado impuestos, todos estos son atenuantes, beneficios, privilegios e inmunidades que todas las legislaciones modernas de nacionalidad , emigración y naturalización reconocen, incluyendo las normas de la ONU sobre la aplicación de la justicia.

Es evidente que están equiparando la conducta de los indocumentados o inmigrantes ilegales, con la de los delitos denominados de peligrosidad social, tal y como lo es el de la mal vivencia , prostitución en la vía pública, o el simple vagabundeo , un tema tan común y recurrente, y que es ya parte del folclor en los filmes de los USA.

No obstante hay que precisar que este tipo penal lo componen los indigentes intencionales , los falsarios o bien las personas que reflejan un mal aspecto o bien actúan soterradamente , o para el caso de que a alguien se le sorprenda con algún tipo de disfraz , con armas ya sean estas blancas o de fuego, ganzúas, desarmadores, espátulas o cualesquier otro instrumento , y que de motivo a presumir que trata de horadar, violar, o forzar una puerta , ventana , muro o vehículo , y cometer algún tipo de delito como el de robo con violencia , lesiones, homicidio , allanamiento de morada , y el de daño en propiedad ajena .

Pero veamos lo que dice la legislación de USA, en esta nos basamos por cierto para elaborar nuestra constitución , en fin y como haya sido, es el caso que señala la Enmienda XIV de la Constitución de los Estados Unidos. Sección 1.- Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a la jurisdicción de éstos son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en el cual residan.
Ningún Estado podrá hacer o poner en vigor ley alguna que menoscabe las prerrogativas o las inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún Estado podrá tampoco privar a persona alguna de la vida, la libertad o la propiedad, sin el debido procedimiento jurídico; ni podrá negarle a ninguna persona que se encuentre dentro de su jurisdicción la protección igual de las leyes.

El artículo primero de la Constitución de México , con estilo de exposición de la escuela francesa, que va de lo general a lo particular es el equivalente funcional de la Adición, Reforma o Enmienda XIV antes aludida , pero dice la local : En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y condiciones que ella misma establece.

Por tanto la multicitada Ley SB 1070, se dictó en primer término en contravención a las Enmiendas IV, V y XIV de la propia Constitución de los USA , además recordemos de que la materia migratoria , como en México no es Competencia Local de los estados en federal ; por tanto vía la presentación de una demanda de Bill of Rights, tal y como se lo hace con el Juicio de Amparo Indirecto en México, es que procede solicitar a la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, su derogación, toda vez que la Ley SB 1070 , es inconstitucional en estos dos aspectos .

Si la demanda la presenta el Procurador General de Justicia o Fiscal Federal, en representación del Presidente Barak Obama, ello implicaría entonces una Controversia constitucional.

Existen pues dos vías de impugnación en contra de la Ley SB 1070 , y estas son compatibles, pero la acción individual o la de Class Action, sería nuestro litisconsorcio que es la de grupo, no tiene efectos Erga Homnes, es decir generales o universales, y el Precedente que le recaiga al juicio de garantías tendrá que invocarse en los posteriores juicios y en lo particular; pero como la ley SB 1079, ya ha sido declarada por jurisprudencia firme, como inconstitucional, se deja de aplicar por parte de la autoridad policial o judicial , ya que si lo hace puede esta ser recusada por dar efecto retroactivo a leyes o actos, en perjuicio de persona alguna , considerados inconstitucionales por la propia Corte Suprema de Justicia de los USA, tal y como ocurre en México, ya que nosotros reproducimos su sistema de supremacía y control constitucional sobre leyes y actos de autoridad que vulneren las garantías individuales .

Misión y visión, esta legislación SB 1070, pretende detener la invasión silenciosa de indocumentados – de bona fide- pues es con fines laborales a los USA , sin embargo lamentablemente en su largo y espinoso peregrinar nuestros paisanos se ven inmersos o interactúan en medio de la amplia red de complicidades de las organizaciones ilícitas como son las que se dedican al trasiego de armas , divisas, drogas y personas , pero todo ello se realiza bajo la mirada, protección o control de agentes y policías corruptos de ambos lados de la frontera y que presuntamente están para hacer valer la ley y el orden público .

Decía el insigne romano Marco Tulio Cicerón , aquel gran jurista, filosofo y político que ; la Ley es un magistrado mudo, y un magistrado, es una ley que habla. Por tanto y de conformidad con nuestra tradición judeo-cristiana-roamnista, se debería castigar al pecado –ya que es más grave el comportamiento de los agentes del orden o policías- , y no el del pecador o sea la victima que son los –indocumentados- que actúan bajo un estado propiamente o casi de necesidad.

Es el caso que la Coalición Nacional de Clérigos y Líderes Cristianos Hispanos (CONLAMIC) y otras Instituciones Públicas , y ONG´s, ya presentaron sendas demandas de Bill of Rights – equivalente al Amparo Indirecto en México - en contra de la ley SB1070. Quizás se acumulen con las subsecuentes.

Están ellos solicitando ante un Juez Federal de Distrito , un Bill of Rights con Induction , o sea el equivalente a un Amparo Indirecto , y para efecto que se declare inconstitucional la ley SB1070 , y su orden o mandamiento , que versaría sobre el fondo de la cuestión jurídica debatida , y un Incidente de Suspensión equivale propiamente al –Madamus de Injuction - del acto reclamado, relativo a la aplicación o ejecución por parte de las policías o fiscales de la cuestionada ley estatal de Arizona SB1070.

En la causa se expresarían como agravios o conceptos de violación , el hecho de que se considera que dicha normatividad, está violando el derecho al debido proceso legal de las personas o individuos -Due process in law-, pues contraviene las Adiciones o Enmiendas IV , V y XIV de dicha Constitución , los artículos equivalentes en México son el 14, 16 y 21 constitucionales, audiencia, legalidad y seguridades jurídicas.

Ambas legislaciones la de México y la de los USA prohíben que a un individuo , persona o “sujeto ignoto ” , o sean los presuntos indocumentados o “sospechosos” de ser ilegales por su aspecto latino , sea detenidos y deportados del país , sin que antes se les respeten sus garantías individuales , como lo son las previstas en la Adición o Enmienda IV , relativa a la reserva a declarar o guardar silencio denominada Miranda en los USA , o hacerlo por escrito, a no declarar o a confesar unilateralmente y ello si no es en un juicio previo, en el que debe haber un acusador cierto , testigos y otras pruebas, donde se observen todas las formalidades esenciales del procedimiento , y no por el solo hecho de tener el aspecto físico de un hombre latino .