miércoles, 28 de abril de 2010
Don Quijote cabalga de nuevo.
Lo que precipitó el caos actual en la frontera México-USA, fue la construcción del polémico muro de acero , el cual no contuvo la enorme ola migratoria que surgió en los noventas . Esta tiene una explicación económica, por lo que antes al contrario la muralla al dificultar el libre tránsito , le agregó un desafío y coste adicional a los interesados en el cruce ilegal y un recordatorio ominoso a los que se internan legalmente a aquel bello país .
La gente se va a los Estados Unidos en busca de lo que está más que limitado aquí, o sea el empleo bien remunerado, ahora con las oportunidades profesionales , un mejor nivel de vida, y sus comodidades urbanas , en suma un mejor futuro para sus hijos, los anima el éxito y la bonanza inocultable de aquel gran país, pero hay que recordar que esto mismo ya pasó con los europeos en el siglo XIX y principios del XX, finalmente se les legalizó y quedó abierta permanentemente para ellos, la frontera marítima de América .
Es el caso que la Ley SB 1070 promulgada por el Congreso de Arizona, lanzará a decenas de miles de personas a la calle y a sus inúmeras y paradojas enseñanzas, que implican grandes dificultades y muchas veces claras infracciones a la ley.
En ese tenor, señalemos que es añejo y sistemático el trasiego de personas , el cual cuenta con una extensa y sofisticada red de complicidades dentro y fuera de USA, que con enorme facilidad ha superado cualesquier tipo de barreras, dicho estamento ya organizó y desnaturalizó el cruce ilegal mismo , ellos incluso han entrenado a centenares de emigrantes en innegables actividades indebidas, lo demás es historia de sobra conocida.
Incuestionablemente ello nos explica el porqué ahora mismo la inseguridad pública se ha instalado y circula por las calles y ha tocado incluso las puertas de los antes apacibles hogares norteamericanos y en todos sus sitios de cruces fronterizos. Esto demuestra que el origen de la actual xenofobia arizonense, se deriva de políticas de seguridad nacional reactivas y de fuerza, mismas que todo indica que no han funcionado del todo bien.
En este esquema de análisis , lo objetivo y de fondo es que hoy en día se están entrelazando el tema del desarrollo regional y la necesaria compensación económica e inversión de USA en México debido a las asimetrías en su desarrollo y el de la creciente emigración, y todo ello implica pero desde luego, que se debe acordar entre ambas naciones, el necesario y libre tránsito de personas, bienes y servicios y el de la residencia efectiva en ambos países tal y como ocurre en la Unión Europea.
Es un hecho que ya nos alcanzó nuestro inexorable destino común y manifiesto. Ya no somos unos vecinos distantes, ni podemos prometerles a ellos una buena vecindad, e ir nada más de compras a sus Malls o de paseo a Disney, sencillamente en estos días, coexistimos en una especie de condominio horizontal a lo largo de 3000 kilómetros de frontera común en un perímetro o radio de 100 kilómetros de ancho, lo cual es imposibles de controlar o vigilar de manera efectiva.
De ahí que la tarea pendiente apunta hacia otra directriz, y es la reforma migratoria integral en USA, recordemos que esto era ya un anhelo popular e imperativo político desde el inicio mismo de la administración del presidente republicano George W. Bush, hacia el año 2000. Esto lo subrayamos aun y cuando el presidente Barak Obama sostenga que no es el momento político –oportuno- para tal efecto.
Es el caso que , desacertadamente se sustituyó en USA la reforma integral migratoria, que implicaba una Moratoria para los indocumentados, con la onerosa edificación del muro frio de la desconfianza, como un sucedáneo ideal para tratar de acotar o detener la masiva y espectacular irrupción ilegal de la gente del Sur hacia el Norte y muy adentro ya del inmenso y rico continente.
El ciudadano Guillermo Padres Elías, después de su entrevista con el ciudadano Presidente de la Republica, Felipe de Jesús calderón Hinojosa, es de conjeturarse que debió haber solicitado la asesoría y respaldo total de la Secretaria de Relaciones Exteriores, y regresar al Estado de Sonora con todo un delineado plan de acción , tendente este a enfrentar la emergencia nacional que significa la promulgación de la Ley SB 1070 en el vecino Estado de Arizona.
Urge por lo menos instalar una oficina de Atención a Refugiados, permanente de la ONU en Sonora; sin embargo no se debe enfocar la cuestión con base a las salidas del Ombudsman sonorense.
En efecto y si no se atiende este grave asunto de forma coordinada con USA, se puede generar un conflicto bélico aunque de baja intensidad, en sus ciudades y pueblos , o una serie de intermitentes riñas hasta campales, como las de Ciudad Juárez, Cuernavaca y Monterrey, ya que los ánimos de nuestros connacionales están más que exaltados, o bien puede ocurrir algo de lo que ha pasado en Centro o Sur América, donde proliferen e interactúan terroristas, guerrillas y delincuentes comunes en toda una amalgama inextricable.
Los expulsados –algunos- previsiblemente se sumaran y con relativa disposición, debido a la natural pasión y animadversión que genera la penalización de los presuntos indocumentados, sólo por el hecho de ostentar la fisonomía de nuestra nativa y admirada raza de bronce.
En efecto hacemos alusión a todos aquellos que hayan perdido sus empleos e ingresos lícitos o bien sean expatriados, que buscarán si, fuera del marco de la ley la satisfacción de todos los agravios padecidos. Bastante trauma tienen nuestros paisanos por el simple hecho perder la tierra en busca de mejores horizontes, el ser discriminados y el vivir en una nostalgia cotidiana y común clandestinidad . Se le esta echando más leña a la hoguera de la pasión nacionalista.
De ahí que es tiempo de convocar a los otros Poderes del Estado de Sonora y a la Sociedad Civil, e Iglesias, para analizar y delinear acciones y constituir todo un frente amplio común y estratégico, que actué ante el problema que significa la sola promulgación de la Ley SB 1070 y sus ya previsibles –observables- y negativas consecuencias sociales y humanitarias a virtud de las persecuciones y éxodo masivos de mexicanos.
Es que la represiva medida, habrá de trasformar prácticamente en una zona de guerra y de refugiados nuestra frontera con Arizona , USA, donde las fobias, sicosis y paranoias , harán presencia en la escena , llevando la vida cotidiana a extremos indeseables de intolerancia, conflicto y crueldad.
Es claro que por Razones de Estado, hay que respaldar a los titulares del Poder Ejecutivo Federal y Local en su encomienda. Nunca es tarde para cumplir con nuestro deber social, ético y patriótico, pero de forma institucional, sin pendencias con nadie y menos con las autoridades norteamericanas, respetando los tratados internacionales y las atribuciones y sus competencias soberanas.
Es más nos parece que se requiere instituir una policía binacional que vigile y proteja las áreas y ciudades fronterizas, incluso con facultades extraterritoriales.
Así de grave se nos presenta el origen y secuela inefable de la Ley SB 1070 de Arizona.
Don Quijote cabalga de nuevo.
El tema dará todavía mucho de qué hablar, escribir y reflexionar, lo cierto es que ya ha generado toda una revuelta a escala global. No hay nadie en este mundo cruel que esté de acuerdo con esta medida legislativa inconstitucional pues conculca el estado de derecho , y lo más deplorable, que ocurra en el país presuntamente más civilizado y respetuoso de los derechos humanos, civiles y políticos del orbe, el asunto llegará a la Suprema Corte de USA y la revocará.
Por lo visto el ciudadano gobernador y su gabinete no entienden el hecho de que nos representa a todos los sonorenses, su comportamiento denota toda una posición sectaria, me explicaré; él recién se entrevistó con el ciudadano Presidente de la Republica y , se supone que debió haber solicitado la asesoría y respaldo de personal de la Secretaria de Relaciones Exteriores, para regresar al Estado de Sonora con todo un Plan B.
De ahí le sería muy fácil convocar a los otros Poderes y a la Sociedad Civil, para analizar y delinear un frente común y estratégico, ante el problema que significa la sola promulgación de la Ley SB 1070 y sus ya previsibles y negativas consecuencias humanas.
Y con todo ese respaldo social y moral , apersonarse en Phoenix en la mismísima Comisión Sonora Arizona, hubiera el gobernador asumido un liderazgo grave y serio y a una escala local, nacional e internacional. En efecto éste nos hace falta a los mexicanos.
Nadie ha tomado la bandera y no es ninguna postura demagogia de parte de nadie liderar esta justa causa. El ciudadano Guillermo Padres Elías es nuestro gobernador y debemos respaldarlo para que la asuma o bien hasta conminarlo que lo haga .
Pero les pasó de noche a los asesores jurídicos del ciudadano gobernador esta circunstancia, son unos verdaderos diletantes, no dan una. Haber como la recomponen, por ello escribo este artículo, aun y cuando soy del PRI, me queda claro que por Razones de Estado, hay que apoyar y respaldar al Titular del Poder Ejecutivo. Aún hay tiempo , nunca es tarde para cumplir con nuestro deber social, ético y patriótico.
El diputado Roberto Ruibal Astiazaran y Presidente del PRI , a nuestro parecer fue demasiado escueto, sólo declaró que habría sido un error suspender la Reunión de la Comisión Sonora-Arizona en Phoenix , quizás cuidó las formas y no quiso enmendarle la plana al ciudadano gobernador Guillermo Padres Elías y su equipo .
No obstante el que si fijó postura y de la forma más atinada fue el diputado de Cajeme y del PRI, Faustino Félix Chávez, y no sólo por la firma de la Ley SB1070, sino que también por la decisión del gobernador Guillermo Padrés Elías , de suspender la reunión de la Comisión Sonora-Arizona, programada para junio, con el –ambiguo o hasta etéreo - argumento que no estaban dadas la condiciones para el encuentro.
Para el asertivo diputado Faustino Félix Chávez , por cierto presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y de Turismo del congreso , el evento era un foro ideal para dar la “batalla jurídica y moral ” con sus contrapartes de Arizona, si, pero con todos los Poderes y la Sociedad Civil , no sabemos pues qué pasó, pero fue demasiado cauteloso el ciudadano gobernador. En la fecha de la cita, Phoenix, Arizona, USA, se hubiera convertido en el epicentro del universo.
Excelente postura, contundente, digna, nacionalista, la del nieto del ex gobernador don Faustino Félix Serna.
Los sonorenses estamos emparentados con los arizonenses, y los mexicanos somos socios comerciales de los norteamericanos, en realidad la Ley SB 10170, ha puesto de nuevo sobre la mesa de discusión Binacional, el profundizar o extender aún más los alcances del TLC o NAFTA y la inocultable integración económica, política y social entre ambos países.
Lo cierto es que se están entrelazando el tema del desarrollo o compensación económica debido a las asimetrías y el de la emigración, y todo ello implica ya, el necesario y libre tránsito de personas, bienes y servicios y el de la residencia en ambos países como ocurre en la Unión Europea.
En virtud de mi larga experiencia de docente en las materia de Derecho Internacional Público, Privado y Comparado , en varias universidades, saludé con beneplácito, el establecimiento de la doble nacionalidad, la mexicana y norteamericana, y quien iba a pensar, que actualmente tengo más de un centenar de parientes en esa condición, y ahora dos nietos con ese estatus migratorio. ¿ El asunto es, cuantos sonorense más , estaremos en esa posición, no sabría decirlo, cientos, miles ?.
martes, 27 de abril de 2010
El cambio en la dirigencia del CDE del PRI será producto primero de un acuerdo político local, y en plena coordinación con el CEN.
Don Quijote cabalga de nuevo. –
Son una joya de 24 quilates las respuestas – a la que denominaré la entrevista que soñé- ya que hipotéticamente se sitúa entre el reencuentro de la clase política y el deslinde con el anterior gobernador, y todo ello ocurre debido a comprensibles razones de Estado.
Las aguas toman pues su nivel -de disciplina- por encima de las lealtades personales. Entre líneas ya todo lo dijo Roberto Ruibal Astiazaran, el es el que tiene el más alto rango entre los priistas y brilla con luz propia . Por ello se las comparto.
Es el caso que todo este rollo se desprende de la interesante entrevista realizada por el columnista Ernesto Gutiérrez Ayala, el Reportero de la Comunidad, y que fue publicado el martes 27 de abril de 2010.
Escribe el perspicaz colega y amigo Ernesto Gutiérrez Ayala que: tras ser entrevistado en sus oficinas del comité directivo estatal, Roberto Ruibal Astiazarán, expresó que actualmente se trababa en la reestructuración de los comités directivos municipales del PRI, y que tienen estos que quedar listos antes de que finalice el presente año de 2010. Ojo, ninguna baja o alta en el CPE.
Es un intenso trabajo de acuerdos políticos –el relativo al cambio del CDE- que se tienen que construir, porque el CEN no puede –ni quiere - venir a realizar los cambios nada más porque así se le ocurrió a alguien o algunos. En tal virtud, sí se va a poner en riesgo al partido, no voy a renunciar, así nomas porque sí, recalcó el presidente . Es que cualquier decisión al respecto tiene que ser aprobada por la mayoría de los 650 miembros del actual Consejo Político Estatal.
Luego señaló Roberto Ruibal Astiazaran , es el caso que a mí me quedan estatutariamente todavía dos años al frente del PRI, pero lo más importante –por ahora- no son pues los estatutos, - o bien los pretensiones- sino los acuerdos políticos –entre la clase política- y en tal virtud ahora estamos en una etapa de reencuentros y cabildeo sí , entre todos los equipos , grupos y tendencias políticas del estado .
Estamos viviendo una intensa y fructífera etapa de reuniones entre la militancia y las diversas corrientes de pensamiento y acción – pero ha sido imprescindible también- el hacerlo con el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRI y en estas coincidencias –y coloquios- les he manifestado a todos los compañeros mi más amplia disposición para que eventualmente hagamos lo que sea más conveniente –y productivo para todos – todo ello claro está , en bien del partido.
Ergo , se ha consolidado el actual presidente del CDE, que es además Diputado Local y Líder de la Fracción parlamentaria del Partido en el Congreso del Estado; no obstante Roberto Ruibal Astiazaran señaló que si en el camino es conveniente hacer un relevo en la dirigencia estatal, éste se hará de forma consensada.
Es el dirigente del PRI , aparte de lo formal , el material , por ende es indiscutible y legitima su permanencia . Esto además explica las actuales críticas de la oposición a su relevante quehacer político, ya que pasa por el Co gobierno de la Alianza PRI-Verde-Panal, que hoy en día está más inconmovible y actuante que nunca.
En este orden de ideas, todo indica que las diferencias, con el ex gobernador Eduardo Bours Castelo, si es que acaso las hubo, -ya fuera con alguien del CEN o algunos caracterizados militantes locales - en razón de la conclusión de su periodo al frente del gobierno del estado en 2009, por ese simple hecho, quedaron en el pasado, él ahora es sólo –como todos los demás ex gobernadores- un militante apreciado , distinguido, a los que se le respeta por igual su opinión , empero nada más y hasta ahí.
Para vislumbrar todo esto, diremos que ya no deciden – los ex gobernadores - pues, ni influyen, en quien se queda, sale, opina, llega o se va del partido. Ya lo dijimos, existe en Sonora una especie de dirección colectiva, tal y como ocurre a nivel nacional. Pasó pues lo que tenía que pasar, sí , que el actual presidente –dada su amplia trayectoria y los cargos actuales que ostenta - está aplicando y reeditando en Sonora aquel esquema de mando. Bien por el PRI. Esto cierra la puerta a posibles cooptaciones o manipulaciones del PAN gobierno a nivel local, vía enchufes o prebendas.
La enmienda o prevención Miranda (en idioma inglés Miranda warning o derechos Miranda, respeto al silencio o reserva a declarar ante la policía, o bien Miranda rights). Basado en un artículo de Wikipedia.
Don Quijote cabalga de nuevo.
Se trata de una noción jurídica relativa a la Quinta Enmienda Constitucional de los Estados Unidos de Norte América, y se refiere al respeto absoluto del Debido Proceso Legal en ingles Due Process in Law. Los equivalentes funcionales en México son los artículos 14, 16 y 20 Constitucionales.
La reserva Miranda es una advertencia o prevención que debe hacerse, en todos los Estados Unidos, por parte de cualesquier tipo de policía, a un detenido que se encuentra bajo su custodia , antes pues, de que se le haga cualesquier otras preguntas relativas a la comisión del ilícito y rinda su declaración ministerial .
La policía en el caso de la flagrancia y aún tratándose de delitos graves, sólo puede requerir información biográfica como el nombre, fecha de nacimiento y la dirección o residencia del indiciado. Es potestativo para el detenido identificarse. Hace presumir su Bona Fide.
Por tanto si la confesión no es proporcionada conforme a derecho, esta no hará prueba plena en un juicio, es más ni siquiera se le admite , a menos que el indiciado haya tenido pleno conocimiento y haya ratificado su comprensión a la Advertencia o Prevención Miranda ya sea para reservarse a declarar por escrito o bien para hacerlo con posterioridad ante un Juez de la causa o en su caso para reconocer su participación en el ilícito o bien su culpabilidad.
La advertencia o prevención Miranda fue establecida por la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos en una decisión jurisprudencial de año de 1966 , relativa al caso Miranda Vs. Arizona , se estableció como un medio legal adicional de protección para un indiciado a fin de evitar la auto incriminación, circunstancia que está prohibida por la Quinta Enmienda (Derecho a guardar silencio o reserva para declarar, ello implica el concepto jurídico de origen Ingles, Due Process in Law , es una extensión del Aveas Corpus, que significa devuélveme el cuerpo debido a las detenciones ilícitas–al Rey-, es unos de los antecedentes remotos de nuestro Juicio de Amparo).
La Suprema Corte de Justicia de USA, ha indicado que la Advertencia Miranda ha impuesto una prevención adicional para tutelar la seguridad jurídica y para garantizar la protección implícita en su Carta Magna , contenida en el privilegio que otorga a los ciudadanos norteamericanos y a cualesquier otra persona que se encuentre en su territorio por el solo hechos se serlo ( si persona física, sea esta o no un residente legal ) , es precisamente la Quinta Enmienda constitucional de los Estados Unidos.
Miranda Vs. Arizona .
En 1963, Ernesto Arturo Miranda fue detenido por secuestro y violación, delitos que él confesó lisa y llanamente al momento de su detención, pero lo hizo sin ninguna advertencia de su derecho fundamental constitucional a guardar silencio, ( reservarse el derecho a declarar o a tener un abogado o persona de su confianza presente en el interrogatorio o audiencia ). Durante el juicio, el funcionario fiscal o investigador ofreció como prueba sólo ( la inquisitorial y proscrita reina de las pruebas) o sea la Confesión de Ernesto Miranda y en virtud de esta sola evidencia o probanza fue condenado. No se ofrecieron y adminicularon otras probanzas como serían las de indicios, presunciones, testimoniales, fotografías, peritajes, inspecciones.
En esa virtud y ante la ausencia de pruebas plenas , la Suprema Corte de Justicia resolvió (caso Miranda Vs. Arizona, 384 U.S. 436 -[1966]) que Ernesto Arturo Miranda fue intimidado y coaccionado durante su interrogatorio y que él no entendió el derecho que tenía para no incriminarse ni su prerrogativa a contar con la asesoría de un abogado particular o de oficio. Sobre esas bases, la Suprema Corte de Justicia revocó el fallo condenatorio.
Ernesto Arturo Miranda después sería condenado mediante otro juicio, pero fundado en testigos que declararon en su contra y otras pruebas como la pericial y la de reconstrucción de hechos. Por ello cumplió una pena de 11 años de prisión.
Irónicamente, pocos años después Ernesto Arturo Miranda fue ultimado en una riña , y por tanto falleció víctima de varias cuchilladas , y es el caso que a su homicida si se le informó sobre sus derechos con base a la Enmienda Miranda, que él precisamente había creado, a los cuales su homicida se acogió, para no tener que declarar y sólo quiso y pudo hacerlo ante un Juez competente .
La Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos no especificó las palabras exactas que se debían usar para informar a un detenido sobre sus derechos. Sin embargo, dejaron unas reglas que deben servir como guía a seguir. El fallo más o menos establece:
La persona que está detenida debe, previo a su interrogatorio, ser claramente informado de su derecho a guardar silencio, y de que todo lo que diga podrá ser usado en su contra en un tribunal, debe ser claramente informado de que tiene el derecho de consultar con un abogado y que este presente durante todo el interrogatorio, y de que tiene el derecho a que le sean asignado un defensor de oficio , debido al beneficio de pobreza, para asesorarlo y representarlo.
Típica Advertencia o Prevención Miranda. Si bien, todo Estado estadounidense tiene sus propias regulaciones relativas a lo que, precisamente, se debe decir a la persona que es arrestada, la advertencia más conocida es la siguiente:
Por cierto sale mucho en las películas: “Tiene usted derecho a guardar silencio. Cualquier cosa que diga puede y será usado en su contra en un tribunal de justicia. Tiene el derecho de hablar con un abogado. Si no puede pagar un abogado, le será asignado uno a costas del Estado”. El gobierno o pueblo de los Estados Unidos le acusa de tal o cual delito…
Las cortes desde entonces han fallado que la advertencia Miranda debe ser , “sacramental”, por lo que es usual que al detenido , imputado o sospechoso se le pregunte si entendió los derechos que se le han explicado. Algunas veces, se requieren respuestas firmes como "sí". El silencio de un detenido no es una señal de que entendió.
Incluso se ha fallado por la Suprema Corte de Justicia, que se declara inadmisible la prueba Confesional, debida al escaso conocimiento del idioma inglés por parte del indiciado en su arresto y por el hecho de que el oficial que lo detuvo no pudo comunicarle la advertencia precisamente en su propio idioma. No podía haber confesado nada, o reconocido alguna culpabilidad, si no entiende bien el idioma Ingles, sostuvo en jurisprudencia la Corte Suprema, así de simple.