Lic.
Francisco Javier Aragón Salcido. 20/III/2020.
Ahora
resulta que la Iniciativa Privada
demanda más Deuda Pública, no obstante que en los años ochentas la REPUDIABA , se le hacía muy obeso el
GOBIERNO . Pero pues todo mundo tiene derecho
a cambiar .
Nomas
falta que la Iniciativa Privada, Bancos y Proveedores de bienes y servicios
presenten sus ofertas y un plan serio de rescate a sector productivo . En los
Estados Unidos Donald Trump, apoyado por los Demócratas en el Congreso ,
destinó $ 250 Mil millones de dólares para apoyar la Iniciativa Privada; en Japón, cerca de los Mil Millones de Dolores; creo
que en México con unos $ 50 mil millones dólares serían suficientes. Pero pues
AMLO tiene sus reservas, no quiere que
se lo roben unos cuantos como paso con
el FOBAPROA o IPAB de Ernesto Zedillo.
Por
ello la crisis del Covid 19 o Coronavirus le vino a quedar como “Anillo al Dedo”
a AMLO, si, pero para poner en su lugar a la Sociedad Civil. Hay refranes populares que dicen: Los ricos también
lloran, y , al bebe que no llora, no se
le amamanta. Muchos no le entendieron,
se fueron con la finta, o la tomaron por otro lado, a lo dicho por el Presidente. Lo cierto es que se los come vivos , les
movió el piso con las MAÑANERAS , sobre
todo a los payasos de la inculta ex comentocracia dorada . ¿A verdad?.
Por
lo tanto ya sabremos de que madera esta hecho el presidente Andrés Manuel López Obrador, si va a rescatar nomas a los
ricos, a los gobiernicolas, a la
clase media o , a los proletarios; como sea pero la vida tiene que seguir en paz y armonía social. El
problema es saber si el Presidente lograra meter en cintura a la Elites , políticas,
religiosas, económicas y sociales, a quienes todo indica, que no les molesta mucho que digamos, la corrupción, o endeudar al país a lo bestia .
No obstante todo lo anterior , la
derecha , los conservadores o neoliberales,
del PAN y de MEXICO LIBRE , de tan divididos , están colapsados, padecen
una ataque de amnesia e histeria colectiva, y en su fingida angustia, amenazan
con llevar al país al precipicio, lo
bueno de todo es que este galimatías nomas está en su pequeña cabeza. No debemos dejarnos seducir por las apasionadas
disputas partidistas. Pero la derecha está al borde de la extinción, esta para
dar lástima su extrema estulticia .
Cesarismo (por Cayo
Julio
César) es un concepto utilizado por diversos autores para definir un
sistema de gobierno centrado en la autoridad suprema de un jefe , y en la fe en
su capacidad personal, a la que atribuyen rasgos heroicos, o mesiánicos .
Habitualmente se considera que sus
exponentes clásicos son Cayo Julio César, Oliver
Cromwell, Napoleón I , y Otto
von Bismarck. El cesarismo también se caracterizaría por una mayor
confianza o preferencia por las soluciones como la guerra o la imposición de la voluntad al
adversario.
Bonapartismo se utiliza
comúnmente como sinónimo de cesarismo, aunque hay autores que establecen
diferencias conceptuales o reducen el término a las ideología propia del
gobierno de Napoleón I. León Trotsky, considera el bonapartismo como la
manifestación burguesa del cesarismo.
En la especie todo indica que se hará
necesario una especie de FOBAPROA o
IPAB, a lo cual se opone el Presidente López Obrador, se trata de la
deuda pública multimillonaria , de la cual seguimos pagando solo los intereses, y que solo
benefició a los Banqueros y a los Ricos,
como se sabe dicho plan de rescate lo implementó el presidente Ernesto Zedillo
Ponce de León después del llamado error de diciembre de 1994.
Lo anuncie hace tres
semanas . Resulta que un Juez Federal de
S.L.P. Admitió un Juicio de Amparo
Indirecto Vs. El Congreso de la Unión y otras Autoridades.
( Agencia Proceso ) . “
La demanda de garantías fue promovida por el despacho de abogados Cano Soto y Asociados, ante un juzgado federal en materia
administrativa de San Luis Potosí, argumentando la omisión y desacato del
presidente de la República y de otras autoridades al artículo 39 del Código
Fiscal, en el que se establece que el primer mandatario tiene la facultad de
emitir “resoluciones de carácter general” para condonar, eximir de forma
parcial o total o diferir el pago de impuestos, ya sea por región o actividad,
“en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o
epidemias”.
La suspensión de oficio dictada
por el secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis
Potosí en funciones de juez, Alejandro Zavala Parra, es sólo para el efecto de
que el presidente emita la resolución de carácter general sobre el artículo
citado, pero no concede la suspensión directa del pago de impuestos o
gravámenes.
Las citas han sido tomadas de Wikipedia , la enciclopedia
abierta, colectiva y , libre de Internet,
que por ser del DOMINIO PUBLICO , gloso y
parafraseo
La historia de la humanidad es la de sus crisis,
representadas por las guerras, las
enfermedades, el hambre y la mortandad . Son los ya famosos cuatro jinetes del
apocalipsis.
Pero
vallamos a lo técnico jurídico:- Ahora bien y para entender este esquema general del cumplimiento de las obligaciones , les
sugiero que consulten a su abogado de
confianza , para que lo adecue a sus REQUERIMIENTOS crediticios .
De
la relación con los Principios de
Derecho de la “Norma Pacta Sunt Servanda” , y de
el “Rebus
Sic Stantibus” .
Más
allá de los efectos de la crisis sanitaria o de salud motivada por la pandemia
del Cornavirus o Cavid 19, y el dolor y tristeza por la enfermedad y muerte que traerá a nuestros
compatriotas , es previsible una recesión económica y social, se estima que el Producto
Interno Bruto o sea que la economía mundial
decrecerá en un 10 %, y México no será la excepción .
Pero
pues al mal tiempo buena cara. Dios dijo cuídate, que yo te ayudare. Por lo
menos hay que poner en práctica las tres virtudes teologales: Fe, Esperanza y
Caridad. Y primero los POBRES y
DESVENTURADOS. Pues de ellos es el reino de los cielos, dijo Jesús.
En
este orden de ideas , AMLO ya se está apoyando a los adultos mayores al
anticipar su pensión, a niños discapacitados, estudiantes becados , madres solteras, tandas para el progreso,
emprendedores , pueblos autóctonos y marginados . Por su parte los gobiernos de los estados anuncian
medidas resarcitorias y descuentos en cobro de impuestos, derechos y prestamos
sin intereses para los auto empleados .
Yo
lo comprendo, AMLO teme que se repita la tranza de Jaime Serra Puche que era Secretario de Hacienda con Ernesto Zedillo
, en 1994, quien les avisó a sus amigotes que habría una devaluación
del peso frente al dólar, ocasionó una estampida masiva de capitales, lo
que DAÑO enormemente a los pequeños y medianos deudores de la Banca Privada ,
por tarjetas de crédito, prestamos para autos, avios , refaccionarios, y viviendas, pues los Bancos acreedores se
empecinaron en cobrar a rajatabla los créditos, lo que determino el surgimiento
del Barzón, y las tomas de juzgados y protestas
masivas y, tomas de carreteras en todo el País.
Muchedumbres.-
Hoy nos toca en la medida de lo posible ,
prevenir actos masivos y desesperados, como las compras de pánico, que
hacen los ricos, o se exilian, pero ahora mismo no tiene a donde ir al exterior por la PANDEMIA, está peor en los
EU, pues ya están pidiendo que regresen los ilegales a levantar las cosechas ; o en
su caso el asalto
y saqueo en comercios , bodegas, mercados,
trasportes de carga y, negocios de
bienes de consumo, por parte de deudores, desempleados y , por gente desesperada, instigada por los lumpen proletarios o sea la canalla.
En
realidad el inexperto BUROCRATA en ECONOMIA REAL o PRACTICA , que lo fue Ernesto
Zedillo Ponce de León , debió decretar una Moratoria temporal por un año y/o, reducir en 50 % los adeudos , hasta en tanto se normalizara
la ECONOMIA, para respaldar a los acreditados y, evitar la cultura del no pago;
y por otra parte ser deudor solidario de
los Bancos ante sus acreedores
internacionales , como finalmente se hizo, pero con un alto costo social . Me todo consignar o sea entregar por la vía judicial más de 100 ,
entre casas y autos a los bancos, que se negaban a recibirlos, fue cuando se inició
la práctica de abandonar masivamente las casas en los fraccionamientos. Las
deudas se fueron a más de doble.
Sin
embargo el mal ya estaba hecho a virtud de la incomprensión de ERNESTO ZEDILLO y sus
asesores tecnócratas , pues , la mayoría de la gente no pudo cumplir con su
obligaciones , y perdió o entrego sus autos ,
bienes , su casa o simplemente los
abandono ; así que en el siguiente sexenio 2000-2006, Vicente Fox Quezada, se hizo una rebatinga con la venta de la
cartera vencida , que se cotizó a
precios irrisorios , en menos del 10 % de su valor y, los capitalistas la
readquirieron a precio de ganga , y con el mismo dinero del pueblo que puso el
gobierno . Fatal.
La NOCIÓN de MORATORIA.- Relación
de las Instituciones Jurídicas
Involucradas con el caso Fortuito y la Fuerza Mayor .- Nadie está obligado a lo imposible.
De
los Principios Generales del Derecho Romano Procesal Clásico. Ius Privatum
Pactis Publicis Mutari Non Protest. Significa:
El Derecho Privado no
puede ser cambiado por decisión de órganos públicos; es el origen de la
Autonomía de la Voluntad, y de la Libertad
de Estipulaciones.
Su correlación con la Norma Pacta Snt Srvanda . Se trata
de una locución latina, que se
traduce como «los pactos libremente celebrados deben de ser cumplidos », que
expresa que toda convención debe ser fielmente cumplida por las partes de
acuerdo con lo pactado. Constituye un principio básico del derecho
civil (específicamente relacionado con los contratos) y
del derecho internacional. "El contrato es
ley entre las partes".
Este principio , fue acuñado
en la época de la antigua Roma y según la cual “los pactos deben
honrarse”, es una de las bases fundacionales de la confianza que la sociedad
deposita en sí misma.
Este principio tiene
amplia aplicación en material contractual en la escuela del derecho
romano, figura ante la cual se pueden aclarar lagunas de la ley o incluso
contraponerse a lo estipulado por la norma, siempre y cuando no sean términos
irrenunciables, de manera de que bajo criterios de interpretación, la voluntad
o intención de las partes contratantes debe ser valorada y respetada, en todo
aquello que no contravenga las leyes, como norma suprema en sus relaciones.
El
Principio Procesal Moderno. Ius Publicum
Privatorum Pactis Mutari Non Potest:
El Derecho Público no
puede ser modificado por convenios entre particulares. Principio de Orden
Público en la Procuración y Administración de Justicia, así como en la
Ejecución de Sentencias.
De la MORATORIA y su relación con el principio
Rebus Sic Stantibus .
Se trata de una expresión latina que
puede traducirse como "estando así las cosas", el cual hace
referencia a un principio de Derecho en virtud del cual se
entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos teniendo
en cuenta las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, esto
es, cualquier alteración sustancial de las mismas, puede dar lugar a la
modificación de aquellas estipulaciones.
Si se modifican las
circunstancias objetivas y materiales en que se acto, ha lugar a modificar el
pacto.
De ahí que a veces se
diga cláusula rebus sic stantibus, aunque ahora la opinión mayoritaria
contempla el principio como una norma objetiva, permitiéndole a la parte
contratante perjudicada por el cambio de las circunstancias invocar la
disolución del contrato.
Esta frase suele
utilizarse como complementaria del principio latino pacta sunt servanda (los pactos deben
cumplirse) en la forma pacta sunt
servanda rebus sic stantibus que significa los pactos deben cumplirse, mientras las
cosas sigan así lo que habla de la obligatoriedad de cumplir los
pactos (contratos) mientras las circunstancias existentes al momento de la
celebración no varíen.
PROPUESTA LEGISLATIVA
.- Actualidad de la problemática y de la
necesidad de la MORATORIA .- En la
especie y ante la emergencia nacional
motivada por la Pandemia del Coronavirus o CAVID19, se hace NECESARIA e IMPERATIVA una declaratoria de
emergencia nacional, que deberá dicta el
Gobierno Federal, y expedir un Decreto ,
mismo que ya fue expedido por el Presidente con fecha 29 de marzo de 2019, el cual reconoce
la afectación económica general de la población, ha lugar a
reconocer la situación de insolvencia que afrontamos , por causas
ajenas a nuestra voluntad, es que presentamos
la solicitud, esperando vernos favorecidos con
una respuesta positiva a nuestra petición, puede ser directamente a los bancos
a las UNES, o por la vía judicial.
El caso fortuito existe cuando el
suceso que impide el cumplimiento de la obligación, no era previsible usando de
una diligencia normal, pero, de haberse podido evitar, se habría evitado.
Doctrinalmente, en Derecho, el caso
fortuito es el escalón posterior a la fuerza
mayor, que es aquel evento que no pudo ser previsto ni que, de haberlo
sido, podría haberse evitado.
La ley habitualmente
les da un tratamiento similar, e incluso a veces confunde ambos casos, pero
existen diferencias.
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