Maestro Francisco Javier Aragón Salcido.-
El caso de Nicolás
Maduro, exlíder de Venezuela, involucra una intersección compleja entre el
derecho interno estadounidense, el Derecho Internacional Privado (o
Conflictual, como se denomina en algunas tradiciones) y el Derecho
Internacional Público (o Derecho de Gentes).
Este análisis distingue
entre aspectos civiles (donde el Long Arm Statute es más relevante) y penales
(donde predomina la jurisdicción extraterritorial federal), incorporando
principios del Derecho de Gentes como la soberanía, la inmunidad y la no
intervención.
Contexto del Caso: La
Acusación y la Captura. En marzo de
2020, el Distrito Sur de Nueva York (SDNY) presentó una acusación sellada
contra Maduro y coacusados por cargos relacionados con narcoterrorismo y
tráfico de drogas.
Los cargos incluyen
conspiración para narcoterrorismo (21 USC § 960a), conspiración para importar
cocaína a EE.UU. (21 USC §§ 952(a), 959(a), etc.), posesión de armas
automáticas en relación con delitos de drogas (18 USC § 924(c)) y conspiración
para poseer dichas armas.
La acusación alega que
Maduro y sus asociados colaboraron con grupos como las FARC (designadas como
organización terrorista extranjera por EE.UU.) para traficar cocaína destinada
a mercados estadounidenses, generando ingresos para actividades terroristas.
El 3 de enero de 2016,
fuerzas militares estadounidenses llevaron a cabo una operación en Venezuela
que resultó en la captura de Maduro y su esposa, Cilia Flores, quienes fueron
trasladados a Nueva York para enfrentar estos cargos.
El presidente Trump
declaró que EE.UU. estaba "a cargo" de Venezuela temporalmente, lo
que ha generado acusaciones de violación a la soberanía venezolana.
Esta acción se asemeja
a expediciones punitivas históricas, como la intervención en Panamá contra
Manuel Noriega en 1989, donde EE.UU. justificó una invasión para capturar a un
líder indicted por delitos similares.
El Long Arm Statute en
el Derecho Conflictual de EE.UU. Como se menciona en su consulta, el Long Arm
Statute es un mecanismo del Common Law estadounidense que permite a tribunales
estatales o federales ejercer jurisdicción personal (in personam) sobre no
residentes si mantienen "contactos mínimos" con el foro, siempre que
sea consistente con la Cláusula del Debido Proceso de la 14ª Enmienda
(International Shoe Co. v. Washington, 1945).
En el Derecho
Internacional Privado (DIP) de EE.UU., esto resuelve conflictos de leyes en
casos con elementos extranjeros, evaluando si la jurisdicción es
"razonable y equitativa".
Aplicación al Caso
Maduro: El Long Arm Statute es principalmente civil y no se aplica directamente
a la acusación penal contra Maduro. Sin embargo, conceptos análogos influyen en
el DIP cuando hay demandas civiles paralelas (por ejemplo, víctimas de
narcotráfico podrían demandar a Maduro o entidades venezolanas bajo la Alien
Tort Statute o leyes antiterrorismo como la Anti-Terrorism Act).
Si Maduro tuviera
"contactos mínimos" con EE.UU. —como dirigir envíos de drogas que
afectan territorio estadounidense— un tribunal civil podría afirmar
jurisdicción.
En contraste, sistemas
civilistas (como el venezolano o europeo) priorizan criterios estrictos como el
domicilio del demandado o el lugar del hecho dañoso, potencialmente rechazando
tales extensiones como excesivas.
Tensiones con el DIP:
En el reconocimiento de sentencias extranjeras (como se nota en su consulta),
países civilistas podrían negar la ejecución de una sentencia estadounidense
basada en Long Arm si viola sus normas de jurisdicción (e.g., bajo el Convenio
de Bruselas o La Haya).
Para Maduro, si hay
aspectos civiles (e.g., confiscación de activos), Venezuela u otros Estados
podrían invocar inmunidad soberana bajo la Foreign Sovereign Immunities Act
(FSIA) de EE.UU., que exceptúa actos comerciales pero protege actos jure
imperii (soberanos).
Relación con el Derecho
de Gentes (Derecho Internacional Público)El Derecho de Gentes enfatiza la
soberanía, la no intervención y la inmunidad estatal. La acusación y captura de
Maduro generan conflictos significativos:
Jurisdicción Penal
Extraterritorial: Bajo el derecho estadounidense, la jurisdicción se basa en 18
USC § 3238, que cubre delitos iniciados fuera de EE.UU. pero con efectos en su
territorio, siempre que un coacusado sea arrestado en el distrito.
Las leyes
antinarcóticos (e.g., 21 USC § 959) tienen alcance extraterritorial explícito
para actos destinados a importar drogas a EE.UU. Esto se justifica
internacionalmente por principios como el "efecto territorial
objetivo" (actos extranjeros con impactos en EE.UU.) y el "principio
protector" (amenazas a la seguridad nacional, como el narcoterrorismo).
Sin embargo, críticos
argumentan que esto proyecta unilateralmente el poder estadounidense,
tensionando la comity (cortesía internacional).
Soberanía y
Extraterritorialidad: La captura de Maduro mediante una operación militar en
territorio venezolano viola el Artículo 2(4) de la Carta de la ONU, que prohíbe
el uso de fuerza contra la integridad territorial de otro Estado.
Esto no es extradición
(que requiere consentimiento o tratado), sino una extracción forzada, similar a
casos como Eichmann (Israel capturando en Argentina) o Álvarez-Machain (EE.UU.
en México), donde tribunales estadounidenses han ignorado violaciones
internacionales si el acusado está presente (doctrina "male captus, bene
detentus").
Fuentes
progubernamentales venezolanas y expertas en derecho internacional (e.g.,
Chatham House) lo califican como agresión ilegal, mientras que perspectivas
estadounidenses lo defienden como necesario para combatir amenazas
transnacionales.
Inmunidad Soberana y de
Jefe de Estado: Bajo costumbre internacional (e.g., Caso Arrest Warrant, CIJ
2002), jefes de Estado en funciones gozan de inmunidad absoluta en cortes
extranjeras. EE.UU. no reconoce a Maduro como presidente legítimo desde 2019
(apoyando a opositores), lo que debilita esta defensa.
Sin embargo, la Corte
Penal Internacional (CPI) investiga a Maduro por crímenes de lesa humanidad,
creando un "Catch-22": si EE.UU. lo procesa, podría interferir con la
CPI, que prioriza jurisdicción complementaria.
EE.UU. no reconoce la CPI, lo que agrava tensiones.
Reconocimiento y
Ejecución Internacional: Como se indica en su consulta, sentencias basadas en
jurisdicción extendida pueden ser rechazadas abroad. Países aliados a Venezuela
(e.g., Rusia, China) podrían negar reconocimiento, invocando principios de jurisdicción
universal limitados a crímenes graves (no aplicable estrictamente al
narcotráfico).
En el DIP, esto resalta
contrastes: EE.UU. usa "minimum contacts", mientras civilistas exigen
nexos más fuertes.
Casos Notables y
Paralelos. Manuel Noriega (1989): Similar captura militar; EE.UU. argumentó
jurisdicción por efectos en su territorio, ignorando inmunidad.
Augusto Pinochet
(1998): Extradición denegada por inmunidad, pero estableció que no cubre
crímenes internacionales.
Implicaciones para Maduro:
Expertos predicen que tribunales estadounidenses procederán, priorizando ley
interna sobre internacional, pero esto podría aislar a EE.UU. diplomáticamente.
En resumen, mientras el
Long Arm Statute ilustra el enfoque expansivo de EE.UU. en DIP civil, el caso
Maduro destaca abusos potenciales en el Derecho de Gentes, donde la captura
viola normas de soberanía sin justificación clara (e.g., autodefensa bajo Art.
51 ONU). Esto refleja un unilateralismo estadounidense que, aunque efectivo
domésticamente, genera backlash global, o reacción adversa .
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