martes, 22 de septiembre de 2015

Mi estimado Maloro, el dia que quieras, te platico junto con tus asesores jurídicos y policiales , mis experiencias como abogado y propuestas con respecto a los RETENES O FILTROS Vs ALCOHOLEMIA. .


 

Don Quijote Cabalga de Nuevo.

Los retenes son inconstitucionales, los filtros  también,  vulneran los dispuesto por el artículo  11 de la Constitución relativo a la libertad de tránsito, lo anterior no obstante que estén regulados en  Ley  de Transito del Estado de Sonora , artículo 213 Bis ,  que establece un protocolo mínimo; las  excepciones que acepta  la Constitución son por  sanidad  e inmigración  o emigración .   

La conducción punible  de vehículos ,  Articulo 144 del Código Penal del Estado de Sonora , surge cuando cometida una infracción, se detiene al conductor, y se lo detecta con aliento alcohólico.  De ahí que los retenes o filtros, son unas verdaderas  emboscadas.

Cuando se aumentan las sanciones , los policías están de plácemes, pues se incrementa  la mordida,  hoy cobran $ 1500, pesos, y hasta llevan al cajero autormatico a los incautos .

Es cierto,  algunos  los padres de familia,   están de acuerdo con los retenes, porque desean que la policía se convierta en los cuidadores especiales de sus hijos. Lo cual no es su función. Los bares y restoranes , cierran a las dos de la mañana, y las fiestas,  concluyen más tarde . Los excesos , son un  problema ajeno a la policía.  Por ello se sancionan.

Lo que procede es incorporar cámaras en las patrullas  , y GPS, y , que la CEDH, y las ONGS, tengan su cubículo u oficina pero en las Comandancias, y estén atentos a los reportes de  Radio , y  se debe operar también el sistema de Periscope , que  deberá activarse en cualesquier detención.  

En mi experiencia como abogado en los EU, pues he  acompañado a varios detenidos ante el Juez en  California, Nevada y Arizona.  El sistema se puede aplicar aquí.

En  Tucson Arizona, tomemos por caso, el policía solo detiene cuando  observa impericia,  o que no lleva el cinturón de seguridad, o habla por celular, y pide al conductor le muestre la licencia, si nota aliento alcohólico, propone el uso del alcoholímetro, que es potestativo, si sale positivo, dependiendo el grado, allá son 7, aplica una infracción, y turna el asunto al Juez, quien por correo cita al conductor.

Menos de 7 lo deja ir, pero le sugiere , tome café, soda o ingiera algún tipo de dulce . O que conduzca otra persona, o bien que deje el vehículo estacionado. No lo manda al corralón, ni lo amenaza con hacerlo , como sucede aquí.

Y,  en un mes aproximadamente, se  realiza la audiencia de pruebas y alegatos, en la cual el conductor, puede aceptar la responsabilidad o guilty  , y  dependiendo de la gravedad de la falta,  y el lugar, en el Free Way son más altas las multas, por las carambolas, se le impone ; una amonestación, o bien una multa, se le retira la licencia, se le obliga a ir a terapia particular o a asistir alcohólicos anónimos, o a prisión si se le acumularon otros delitos.

No se le detiene, ni se le quita el vehículo, a menos que este armado o actué con suma violencia , o traiga drogas , y si está muy  intoxicado se le manda en custodia a un Hospital, de su elección, sea público o privado, y se avisa a su familia, si viajaba solo. Puede detenérsele por 24 horas, para que recobre la sobriedad. Si no paga la multa se embargan los salarios.

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