domingo, 2 de mayo de 2010

La Ley SB 1070 del Estado de Arizona USA. Es una ley inequitativa , discriminatoria, de excepción , particular, ya que actualiza los supuestos del estado de sitio , es un acto de autoridad que viola flagrantemente los derechos civiles o garantías individuales , y los derechos humanos de todos los latinos .

Don Quijote cabalga de nuevo.

El apartheid de los años setentas del siglo pasado , en contra de los afroamericanos, mismo que derogó la lucha de Martin Luther King, era un código no escrito, pero por ello no menos efectivo. En ciertos bares, restaurantes y autobuses, de algunas poblaciones de Texas y otros estados del Sur se llegaron a observar anuncios o letreros manuscritos que decían: No se admiten negros, perros ni mejicanos. (Ahora nomas nos dicen indios frijoleros).

Pero en el fondo de este crimen de lesa humanidad, se observa una singularidad existencial y consiste en que la actual paranoia gubernamental legislativa México-USA, anda en busca de mayores atribuciones y facultades lo cual ineluctablemente enfrenta al Estado con el individualismo, mismo que lucha de manera perene por hacer prevalecer el Estado moderno de derecho, que tiene como presupuesto y meta esencial la cabal justicia conmutativa y distributiva para la persona en sí y para sí.

Según un artículo “ Sospechas Razonable” , del Maestro en Derecho Héctor Rodríguez Espinosa, el estado de Arizona , www.Dossierpolitico.com, es diferente a los estados de California y Texas: era este hasta hace muy poco tiempo un estado con escasa presencia migrante a pesar de tener una extensa frontera de casi 400 kilómetros con México; la razón: los migrantes se cruzaban a USA por Tijuana o el río Bravo de Juárez o más abajo , Acuña, Laredo, Reynosa , Matamoros . Sin embargo, con las políticas restrictivas de control fronterizo, el flujo que iba por California y Texas fue desviado a las zonas áridas y peligrosas, como son los desiertos de Sonora o Altar, y que forman parte de la geografía de Arizona.

Un estado como Arizona no acostumbrado a ver migrantes caminando por las calles o solicitando trabajo, a últimas fechas a sus nativos empezó a preocuparle. El cambio de rutas migratorias los afectó de manera particular, pero hay que reconocer que también lo estimuló el clima, que ha propiciado un notable crecimiento económico de la región, ya que es un imán para los pájaros de la nieve, son aquellas personas del norte y este, que pasan el otoño e invierno en la zona .
El área metropolitana de Phoenix está en el primer lugar en cuanto al índice en la última década, según reporte reciente de The New York Times (16/04/2010); y en cuanto al crecimiento de su fuerza de trabajo migrante. En Phoenix, a diferencia de otros lugares, hay muchos nuevos trabajadores, especialmente en la industria de la construcción y en los servicios.

Sigue escribiendo Héctor Rodríguez Espinoza: A pesar de su condición de “estado joven”, su población se cuadruplicó entre 1950 y 1980. Actualmente tiene más de 7 millones de habitantes, de los cuales, el 30% son de origen latino o hispano y de éste universo, 21% es de origen mexicano.
Tiene la mayor tasa de crecimiento demográfico -7.6% de todo EU. La explicación es clara: la presencia de los mexicanos y de sus familias ha dinamizado su economía como estado que dependió durante décadas de la minería y ahora se ha convertido en un polo industrial, de servicios y turístico.

Por otra parte un dato preocupante , y lo es que siendo la frontera con Sonora, es por donde se calcula que ingresa el 50% de la droga al país , mariguana y cocaína –y por donde salen los blanqueados millones de dólares y armas a cambio-. Ya nadie lo duda en el gobierno americano, Phoenix es un centro estratégico de acopio y distribución, a todo EU, de la droga proveniente del sur.
Como sea, nosotros nos peguntamos, de que valdrán nuestras palabras, quejas, exhortos y protestas, si la Ley SB 1070 es el equivalente funcional de nuestras impertérritas gabelas o nos referimos a los incómodos e ilegales retenes y el actual y perturbador patrullaje del Ejercito Mexicano en las colonias proletarias de nuestras ciudades, caminos y pueblos apartados en todo el país.

Es el caso que técnica pero inicuamente la recién promulgada legislación , SB 1070 en nuestro admirado vecino Estado de Arizona, de manera expresa faculta a todos los agentes policiales y a las corporaciones del Estado que operan en sus condados o distritos , a detener sin una orden previa de aprehensión que haya sido emitida por un Juez competente , con base a testigos de cargo , a cualesquier persona de la cual se tenga la sola presunción , en este caso por ser de aspecto latino, como “sospechosa” así le traducen coloquialmente allá , es un barbarismo, de que es un indocumentado.

En la especie tamaña aberración jurídica consiste en que por la sola presunción o “sospecha” de latinidad, que puede basarse ya sea en el acento en la forma de pronunciar el inglés, o bien por hablar en español, o ya sea por el color de la piel; incluso , y ya en el colmo de su paroxismo se guiarían por el nombre u origen étnico de la persona retenida. Etnocentrismo puro fundado en la vil ignorancia y el más nefando prejuicio.

Es el caso que señala la Enmienda XIV de la Constitución de los Estados Unidos. Sección 1.-

Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a la jurisdicción de éstos son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en el cual residan.

Ningún Estado podrá hacer o poner en vigor ley alguna que menoscabe las prerrogativas o las inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún Estado podrá tampoco privar a persona alguna de la vida, la libertad o la propiedad, sin el debido procedimiento jurídico; ni podrá negarle a ninguna persona que se encuentre dentro de su jurisdicción la protección igual de las leyes.

El artículo primero de la Constitución de México es el equivalente funcional de este precepto y dice . En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y condiciones que ella misma establece.

Por tanto la multicitada Ley SB 1070, se dictó en primer término en contravención a las Enmiendas IV, V y XIV, y por tanto vía la presentación de una demanda de Bill of Rights, como se hace con el Juicio de Amparo en México, de ahí que procede solicitar a la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, su derogación por ser inconstitucional .

Si la demanda la presenta el Procurador o Fiscal Federal, en representación del Presidente Barak Obama, ello implicaría entonces una Controversia constitucional. Ambas vías son compatibles, pero la acción individual o de Class Action, es la de grupo, no tiene efectos Erga Homnes, es decir generales o universales, y el Precedente tendrá que invocarse en los juicios en particular; pero como ya ha sido declarada por jurisprudencia firme inconstitucional, se deja de aplicar por parte de la autoridad policial o judicial , ya que si lo hace puede ser acusada de dar efecto retroactivo a leyes o actos, en perjuicio de persona alguna , considerados inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia .

Según Héctor Rodríguez Espinoza, la propuesta SB 1070 va mucho más allá que la 187 y la ley migratoria IRAIIRA de 1986. Se parece más a la HR 4037 de Sensembrenner (2006), que criminaliza al migrante irregular , la cual fue y derrotada en las protestas por las calles de las principales ciudades de Norteamérica por cerca de 5 millones de personas que salieron a protestar en la primavera de 2006: dicha ley establecía como delitos estatales infracciones que ya están consideradas como tales a escala federal, pero al aprobarse a nivel estatal, la policía local se arrogaría el derecho de perseguir y aplicarla.

En 2007 se promulgó la Legal Arizona Workers Act, en el mismo sentido de obligar a escala estatal a cumplir una ley federal. Los empleadores debían asegurarse, por los mecanismos establecidos, de que los trabajadores que contrataban fueran legales.
Pero como el sistema de verificación SAVE y E-Verify no es eficiente. Como resulta bastante complicado aplicarla en contra de los empleadores, ahora resulta mucho más fácil y rentable políticamente perseguir a los ilegales. Solo basta un Número de Social Security y cualesquier identificación, licencia de conducir , credencial escolar, antiguas green card, identificación laboral, documentos que son de lo más común obtener, lícita o bien ilícitamente.

Para Susan Gzesh, abogada de la Universidad de Chicago, se puede esperar una reacción del procurador general Eric Holder, quien podría intervenir para frenar este proceso dado que se afectan los intereses de una minoría. En la década de los 60 hubo varias intervenciones en este sentido en Alabama, Mississippi y Arkansas.
Para nosotros es una legislación de excepción y a todas luces arbitraria, inconcebible en la USA actual, pues equipara a la flagrancia en la comisión de un delito, con la simple apariencia física o expresión de latinidad, haciéndola por tanto discriminatoria por la particularidad en la forma de integrar esta característica a la tipicidad del delito de estancia ilegal. La técnica jurídica legislativa universal y moderna, exige que las leyes sean generales. No son contratos, que regular relaciones sinalagmáticas o conmutativas, sino distributivas sobre derechos y obligaciones que deben por igual para todas las personas o individuos por el solo hecho de serlo.

Así mismo, la referida ley obliga a todas las corporaciones policiales a brindar una irrestricta asistencia a la Border Patrol, para hacer efectivas las leyes federales sobre inmigración y naturalización ; en la especie también otorga a los fiscales locales o sea los equivalentes a nuestros agentes del ministerio público en los condados , atribuciones especiales y concurrentes para iniciar indagatorias en contra de empresarios o patrones que presuntamente contraten o utilicen los servicios de trabajadores que puedan estar de forma ilegal. Aquí se vulnera el debido proceso legal, incluso en perjuicio de los empresarios norteamericanos.

Se trata de una legislación de verdadera excepción , inquisitoria, unilateral, particular , focalizada, pues sanciona con penas de cárcel la sola presencia de latinos, a los que considera por su fisonomía presuntos inmigrantes indocumentados, coloquialmente “sospechosos” ya sea que estén en calidad de transeúntes , o que viajen por alguna carretera en auto o hasta por el simple hecho de ingresar a una empresa se presume que será para laborar , dicha ley además ratifica la persecución del hecho de transportar, alojar o encubrir a los indocumentados , sepan o no que estos lo sean. Con esto se perfeccionaran múltiples abusos de autoridad, así como el allanamiento de morada, pues se pagaran justos por pecadores.

Pero la ley SB1070 además faculta y obliga a todos los cuerpos policiacos del Estado de Arizona (como los Sheriffs de los condados, Highway Patrol, Policìa de Tránsito, Policìa Estatal, etc.) a requerir una prueba previa para acreditar la ciudadanía, o residencia permanente, o bien a exhibir el pasaporte, la visa o permiso de internación a cualquier persona de la cual se tenga la presunción o ligera sospecha , dada su apariencia de latino, que se trate de un ilegal. Esto afectara hasta a los mexicoamericanos y a sus nativos.

Estos pre constituidos y forzados elementos del tipo penal de ser indocumentado , con base a la sospecha o presunción de latinidad , implican ahora la ilegalidad de la simple estancia , mismos que bastaran para que de forma sumaria se autorice a la Border Patrol , o policía de migración, para realizar la identificación –ficha- y deportación inmediata del país, o bien quedará a criterio de esta misma policía , consignarle para que reciba sentencia el indiciado, sin el debido proceso legal, y cumplir incluso una pena privativa de la libertad en una prisión del estado.

También sanciona la ley SB 1070, con penas de cárcel –retención o arraigo administrativo hasta que se acredite la legal estancia que puede llegar a la cancelación de la visa - a toda aquella persona que aun estando legalmente (con permiso o visa temporal) en Arizona, no lleve consigo los documentos probatorios de sus estatus, al ser requerido por su exhibición, aun si los tuviera en la casa u hotel donde este se hospeda.

Anteriormente solo el cuerpo de Protección de Aduanas y Fronteras (CBP por sus siglas en inglés) y el cuerpo de Reforzamiento de Inmigración y Aduanas (ICE) , o la Border Patrol, estaban autorizados a realizar este tipo de requerimientos y detenciones .

Es evidente que esta legislación vendrá a agravar el común trato discriminatorio del que son sujetos pasivos muchos mexicanos, incluso los documentados que van a Arizona de compras, esparcimiento o por motivos de negocios.
El caso del sheriff Joe Arpaio en el condado de Maricopa, Arizona, es paradigmático de la xenofobia que se recién detonó pues ya anunció que lanzará otra operación contra la inmigración ilegal en Phoenix, esta redada será la primera acción en su tipo desde la firma de la ley antiinmigrante en la entidad.

La redada se centrará en las viviendas o “casas de seguridad” en los barrios latinos de Phoenix que, según el sheriff Joe Arpaio , se han convertido en los “paraísos” donde los traficantes o “ polleros” mantienen a los indocumentados hasta que estos o sus familiares pueden pagan por su traslado y se hace la asignación a su lugar de trabajo.

Este sistema , forma parte de la invasión silenciosa de indocumentados pero con fines laborales a USA , pero lamentablemente en peregrinar se ven inmersos o interactúan en medio de la red de complicidades de las organizaciones ilícitas como las que se dedican al trasiego de armas y drogas , bajo la protección o control de agentes del orden corruptos.

La redada o más bien cruzada contra los nuevos infieles , pues se anuncia con bombo y platillo, será la “operación de supresión del crimen” número quince que lanza el sheriff Joe Arpaio desde marzo de 2008 para combatir a la inmigración indocumentada en su jurisdicción, pero será la primera desde la firma de la controversial ley antiinmigrante.

No obstante que la ley entrará en vigor a fines de julio próximo, ha despertado una gran atención a nivel nacional e internacional al ser la primera legislación estatal que autoriza formalmente a la policía local , a detener a los sospechosos de ser indocumentados por motivos de su apariencia étnica en este caso la latina.

Los operativos antiinmigrantes del sheriff Joe Arpaio le han valido el reconocimiento de grupos ultra conservadores, pero también las críticas de todas las organizaciones defensoras de los derechos civiles, las que consideran a dichas redadas como violatorias de las garantías individuales y de los universales derechos humanos, protegidos por la ONU.

Los primeros operativos del sheriff Joe Arpaio fueron realizados bajo el programa No. 287, de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE), el cual autoriza a policías locales a detener a inmigrantes indocumentados.

En octubre pasado el sheriff de Maricopa , Joe Arpaio se negó a renovar el programa luego de que éste fuera modificado al limitar a las policías a detener únicamente a los indocumentados que hayan cometido un delito previo y no sólo por su infracción migratoria y menos por su aspecto latino.

El sheriff Joe Arpaio ha reiterado en múltiples ocasiones que, para él, la ley es clara y el inmigrante indocumentado es un criminal que debe ser detenido en la calle, en los centros de trabajo o donde se encuentre, para ser procesado y deportado.

No obstante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos conserva abierta una indagatoria en su contra por presunta violación de los derechos civiles, o humanos , ( Tortura física y sociológica , Abuso de Autoridad e Incumplimiento de un Deber Legal) tras haber sido acusado de incurrir en conductas ilegales de índole racial , al detener a indocumentados sin respetar sus derechos personalísimos .

En este orden de ideas, la Coalición Nacional de Clérigos y Líderes Cristianos Hispanos (CONLAMIC) ya presentó una demanda de Bill of Rights – equivalente al Amparo Indirecto en México - en contra de la ley SB1070, se trata de la primera acción de inconstitucionalidad referida a la polémica norma que penaliza a los indocumentados debido a su apariencia latina .

Están ellos solicitando ante un Juez Federal de Distrito , un Bill of Inducción , o sea el equivalente a un Amparo para que se declare inconstitucional la ley SB1070 , orden o mandamiento , que versaría sobre el fondo de la cuestión jurídica debatida , y un Incidente de Suspensión equivale al –Madamus de Injuction - del acto reclamado, relativo a la aplicación o ejecución por las policías o fiscales de la ley estatal de Arizona SB1070.

En la causa se expresan como agravios o conceptos de violación , el hecho de que se considera que dicha normatividad, está violando el derecho al debido proceso legal de las personas -Due process in law-, Enmiendas IV , V y XIV de dicha Constitución , los artículos equivalentes en México son el 14, 16 y 21 constitucionales, ambos cuerpos jurídicos prohíben que a una persona o individuo , o sean los presuntos indocumentados o sospechosos de ser ilegales por su aspecto latino , sea detenidos y deportados del país , sin que antes se les respeten las garantías de audiencia y legalidad , Enmienda o reserva a declarar o guardar silencio Miranda, no declarar o confesar unilateralmente y ello en un juicio previo, en el que debe haber un acusador cierto , testigos y otras pruebas, donde se observen todas las formalidades esenciales del procedimiento , por tan solo tener el aspecto físico del hombre latino .

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