Programa
de acreditación (R & A) y reconocimiento
Por favor, desplácese hacia abajo para información
adicional sobre el programa de acreditación y reconocimiento.
Representantes acreditados pueden asistir a
extranjeros en procedimientos de inmigración ante el Departamento de seguridad
nacional (DHS), o la Oficina Ejecutiva para revisión inmigración (EOIR)
tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de inmigración (BIA) o
ambos.
Todos los representantes
acreditados deben estar afiliados a una organización que es reconocida. Las
organizaciones deberán solicitar reconocimiento, así como la acreditación de
sus representantes.
Las normas de organizaciones reconocieron y
representantes acreditados, incluyendo las calificaciones y el proceso de
solicitud, actualmente se encuentran en el código de regulaciones federales, 8
C.F.R. § 1292.1 – 1292.20
El 19 de diciembre de 2016, se publicó una nueva
regla sobre el reconocimiento y la acreditación (R & A) programa en el
Registro Federal. 81 la Fed. REG 92346 (19 de diciembre de 2016).
La nueva regla entró en vigor el 18 de enero de
2017, y transfirió autoridad para adjudicación de R & A aplicaciones de la
BIA a la oficina de programas de acceso Legal.
Aplicaciones pendientes en 18 de enero de 2017
La nueva norma afecta a aplicaciones pendientes en
el momento de transición que no se han decidido por el BIA, así como regula las
aplicaciones futuras.
Solicitudes pendientes en el momento de la fecha de
vigencia de la regla fueron trasladados a la oficina de programas de acceso
Legal para resolución y si es necesario, se devolverá a los solicitantes de más
documentación o información para permitir su correcta adjudicación bajo la
nueva regla.
El Reglamento y las preguntas frecuentes a
continuación describen los criterios de elegibilidad y aplicación de procesos
bajo la nueva regla.
Aviso sobre la aplicación de actualmente
organizaciones reconocidas
Las organizaciones actualmente reconocidas deberían
tomar nota que debe aplicar bajo las normas de la nueva regla, en o antes de
una, dos o tres años a partir de la fecha de vigencia, dependiendo de las
circunstancias particulares de la organización:
Reconocidas organizaciones que carecen de un
representante acreditado en la fecha de vigencia (es decir, 18 de enero de
2017) del presente Reglamento deben aplicarse bajo la nueva regla dentro de
un año de la fecha de vigencia (es decir, 18 de enero de 2018);
Las organizaciones que han sido reconocidos por
más de 10 años a partir de la fecha en que tendrá que aplicar la nueva
regla dentro de dos años de la fecha de vigencia (es decir, 18 de enero
de 2019);
Las organizaciones que han sido reconocidos por
menos de 10 años a partir de la fecha en que tendrá que aplicar la nueva
regla dentro de tres años de la fecha de vigencia (es decir, 18 de enero
de 2020)
Nota: Una
vez que las organizaciones actualmente reconocidas re-han aplicado con éxito
bajo la nueva regla, se reconocerá por un período de seis años, después de que
la renovación será necesaria en o antes del vencimiento del período de seis
años.
Acreditación de los representantes de las
organizaciones reconocidas es válida por tres años, y las organizaciones deben
volver a aplicar para la acreditación de su representante en o antes de la
fecha de expiración de la acreditación.
Representantes actualmente acreditados deben
solicitar renovación antes del vencimiento del plazo de acreditación de tres
años.
El programa de renovación de reconocimiento y
acreditación no se ejecuta al mismo tiempo. Más bien, depende de cuando se
produce el vencimiento de cada uno.
Esta página web proporciona información sobre el
programa de A & R.
A continuación encontrará enlaces a la normativa,
preguntas frecuentes, las listas de organizaciones reconocidas y representantes
acreditados, requiere formulario EOIR-31 para el reconocimiento de las
organizaciones, requiere formulario EOIR-31A para acreditación de los
representantes de la organización y la dirección del programa de A & R.
Las listas de R & A en esta página son
mantenidas por el programa de A & R. Las listas del estado si un representante
acreditado puede ayudar a los extranjeros en todos los procedimientos
(acreditación completo) o solamente antes de DHS (acreditación parcial).
EOIR ha establecido un registro electrónico
obligatorio, conocido como eRegistry, por abogados y representantes acreditados
plenamente.
Totalmente acreditado representantes que deseen
practicar antes los tribunales de inmigración y el BIA deben completar el
proceso de eRegistry a comparecer ante el EOIR.
R y un Links:
Reconocimiento
de las organizaciones y la acreditación de los representantes no abogado, 81 Fed.Reg.
92346 (19 de diciembre de 2016) eficaz 18 de enero de 2017
Webinar de partes interesadas sobre los cambios de
regla (PDF)
Icono de enlaces de correo
electrónico
Correo: R y un coordinador
Oficina Ejecutiva para revisión de inmigración
Oficina de programas de acceso Legal
5107 Leesburg Pike Suite 1900
Falls Church, Virginia 22041
Oficina Ejecutiva para revisión de inmigración
Oficina de programas de acceso Legal
5107 Leesburg Pike Suite 1900
Falls Church, Virginia 22041
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Actualizado 27
de febrero de 2017
Original
All accredited representatives must be
affiliated with an organization that is recognized.
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